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/Ellitoral.com.ar/ Sociedad

Se agrava la causa que complicó a los cuidadores de un hogar de niños

El fiscal que inició la investigación agravó la calificación del delito y lo que se investigaba como lesiones leves, ahora imputa como vejaciones. Solicitó incorporar las entrevistas psicológicas y los videos.

Se complica la situación judicial de seis celadores del hogar de niños Domingo Savio de Corrientes, luego de que la causa diera un giro: fue recaratulada y pasó a una fiscalía de Instrucción, informó este martes el Ministerio Público.

El fiscal Correccional y de Menores N° 1 de Corrientes, Pablo Sosa, recaratuló la causa por malos tratos y ahora se  investigarán  los  hechos  como  vejaciones, un delito más grave que contempla penas superiores a los tres años de prisión para los presuntos responsables.

Al tiempo que se declaró incompetente, el Fiscal Correccional y de Menores N° 1 solicitó al juez la incorporación de las  entrevistas  psicológicas  a  los  niños  víctimas y se requieran las del resto de los menores institucionalizados para analizar si otros podrían haber sufrido conductas similares a las denunciadas.

Asimismo, el doctor Sosa  pide  que  se  remitan  los  videos  de  las  cámaras  de  seguridad  del  establecimiento  y las copias de las actuaciones administrativas disciplinarias contra el personal acusado de estos delitos, entre otras medidas.

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El hecho se registró el pasado 22 de julio tras la viralización de un video donde se exhibían supuestos maltratos a menores institucionalizados en el Domingo Savio.

"La causa se había iniciado por supuestas lesiones leves, por lo que recayó en el fuero correccional, pero el representante del Ministerio Público Fiscal que intervino advirtió una incompetencia tras analizar las actuaciones y reunir, prima facie, elementos que indican que  existieron  -en  dos  hechos-  vejaciones  contra  cinco  niños  institucionalizados  de  parte  de  seis  celadores  del  hogar", indicó.

Según el Fiscal Sosa, uno de esos hechos investigados encuadra en las previsiones del  Artículo 144 bis, inciso 2, y el otro, en el  Artículo 89, en función del  Artículo 92, y el  inciso 9 del Artículo 80, además del ya mencionado  Artículo 144 bis, inciso 2, todos del Código Penal. Esto supone  vejaciones  y  apremios  ilegales  cometidos  por  funcionarios  públicos.

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