Fiscalías aunan criterio de persecución penal contra delitos vinculados al covid-19
A nivel país los Ministerios Públicos Fiscales rubricaron un acuerdo para coordinar la persecución penal de los delitos vinculados a la pandemia del coronavirus.
Por parte de Corrientes, firmó el Fiscal General del Poder Judicial, César Sotelo, como miembro del Consejo de Procuradores Fiscales.
El convenio consiste en coordinar y aunar esfuerzos con el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el resto de los ministerios públicos provinciales, para la persecución penal de los delitos vinculados a la vulneración de la emergencia dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional o que contribuyan a la propagación de la pandemia del virus Covid-19.
El Convenio Complementario Específico busca optimizar los recursos humanos y la infraestructura, y fue firmado en primer término por los titulares de los Consejos de los Ministerios Públicos, Eduardo Quatroppani (Fiscal General de la Provincia de San Juan) y Alejandro Gullé (Procurador General de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza) y el doctor Eduardo Ezequiel Casal, por la Procuración General de la Nación.
Las partes se comprometen a colaborar, en el ámbito de sus competencias, a coordinar políticas públicas tendientes a resguardar la salud pública y lograr, asimismo, una persecución penal más efectiva de los delitos derivados del incumplimiento de la cuarentena obligatoria y otros aspectos de la emergencia.
Además, el acuerdo contempla un fortalecimiento de los lazos de cooperación, al punto de establecer, si fuera necesario, un marco jurídico para la colaboración, tendiente a impulsar acciones de intercambio de información y utilización de los servicios existentes.
Urgencia
A esta situación, debe sumársele la disposición del procurador general interino, Eduardo Casal, de que todos los fiscales nacionales y federales pueden actuar en las causas en las que se investigan la violación de las normas de salud sobre el coronavirus, y no solo aquellos que están de turno en las distintas jurisdicciones del país.
Justificó la decisión tomada tras la gran cantidad de llamados que recibieron por la violación de la cuarentena y el aislamiento social obligatorio y porque los fiscales que no están de turno se pusieron a disposición para actuar en los expedientes. La Procuración General de la Nación (PGN), el organismo que nuclea a los fiscales nacionales y federales del país, había tomado una serie de medidas cuando se declaró primero la pandemia del coronavirus y luego cuando el presidente Alberto Fernández decretó el aislamiento social obligatorio hasta el próximo 31 de marzo.
Penas
En otro orden de cosas advierten que se judicializarán las actuaciones por presunta infracción al artículo 205 del Código Penal.
Establece que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”. Otro delito del Código Penal que se investiga es el 239 que fija que “será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal”.
Es para los que no cumplen el aislamiento social, advierten.
(WA)
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