La sanción por parte de la Legislatura porteña de la ley de reiterancia abre expectativas en Corrientes por un proyecto similar enviado por el Gobierno de Gustavo Valdés a al parlamento provincial y marcará, sin dudas, un antes y un después para los delitos urbanos a manos de personas con antecedentes policiales a las que, tras ser apresadas, se les concedía la libertad y muchas veces volvían a delinquir. Dicho en otros términos, se apuntó a terminar con la tan injusta como temida “puerta giratoria”.
Hace apenas dos meses, desde estas columnas, consignábamos un hecho ocurrido en cercanías del Obelisco. Un hombre que le arrancó una cadenita del cuello a una turista fue detenido a las pocas cuadras. No era su primer atraco, sino el décimo. Ya había cometido hurtos, tentativas de robo, arrebatos y resistencia a la autoridad. Nunca estuvo mucho tiempo preso: así como entraba en una comisaría, pronto ganaba la calle, listo para retomar sus fechorías.
Precisamente, con la nueva ley porteña se agrava la situación procesal penal de los imputados que hayan cometido reiteración de delitos en el distrito. El concepto, más estricto que el de “reincidencia”, constituye una herramienta de la que puede disponer el juez para que el delincuente que es detenido y tiene una causa judicial abierta, con una pena no excarcelable, deba esperar el juicio preso.
La norma, que modifica el Código Procesal Penal de la Ciudad de Buenos Aires, habilita a los jueces a dictar medidas cautelares como la prisión preventiva en las condiciones anteriormente referidas y dispone que ciertos actos determinados en el contexto de un proceso penal protagonizados por personas de nacionalidad extranjera que se encuentren involucradas en hechos delictivos deberán ser comunicados por los jueces a la Dirección Nacional de Migraciones. Respecto de los extranjeros que cumplen penas privativas de la libertad, si se dan las condiciones legales necesarias, se habilita su expulsión del territorio nacional.
Un punto igualmente importante lo constituyen los denominados “allanamientos de urgencia”, es decir que la policía podrá allanar sin previa orden jurisdiccional en casos de incendio, explosión, inundación o cualquier situación que amenace la vida de los habitantes o la propiedad; cuando se denuncie que una o más personas extrañas fueron vistas con indicios manifiestos de comisión de un delito; cuando se introduzca en una casa o local algún imputado de delito a quien se persiga para su aprehensión; cuando se escuchen voces que anuncien que se está cometiendo un hecho ilícito o pidan socorro, o cuando haya sospechas fundadas de que en una casa o local se encuentra la víctima de una privación ilegal de la libertad, un niño o adolescente o una víctima de violencia de género, y corra peligro inminente su vida o integridad física.
Respecto del peligro de fuga, este se determina cuando las circunstancias permitan sospechar que puede existir debido a facilidades para abandonar el país o permanecer oculto, por la magnitud de la pena que podría llegarse a imponerse o por el comportamiento del imputado durante el proceso.
Por su parte, el gobierno nacional presentó en abril último en el Congreso varios proyectos de ley modificatorios del Código Penal y del Código Procesal.
En cuanto al Registro de Datos Genéticos, no solo contaría con muestras de agresores sexuales, como sucede actualmente, sino también de toda persona procesada en una causa penal.
También se impulsó una reforma en los conceptos de legítima defensa y de homicidio en cumplimiento del deber para extender las condiciones en las que una víctima de delito o un policía puedan hacer uso de un arma sin recibir pena.
Como se suponía que iba a suceder tras estas presentaciones, ya se han escuchado críticas de parte del garantismo abolicionista en el sentido de una supuesta restricción de derechos de los delincuentes. No hay tal restricción ni condicionamiento. Como ya hemos dicho, queda claro que, cuando está probado que corresponde arrestar a quienes persisten en el delito, para esos cultores de la no criminalización no vale nada la vida de los ciudadanos que no cometieron ni cometen hechos ilícitos.
Es de esperar que el Congreso apruebe el paquete de leyes sobre seguridad enviado por el Gobierno, así como en la ciudad se sancionó la ley de reiterancia. Es hora de que los “enrejados” por temor a la inseguridad dejen de ser los ciudadanos inocentes.