Tras la aprobación de la normativa que prohíbe la producción, distribución, comercialización y utilización de pirotecnia de estruendo en el ámbito de Capital y que comenzará a regir el 1 de mayo del 2019, desde la Secretaría de Ambiente de la Comuna informaron que alistan un plan de trabajo con los vendedores ambulantes para que sólo se expendan productos habilitados por el Registro Nacional de Armas (Renar).
En cuanto a los locales comerciales mayoristas, se comunicó que hasta el lunes tienen tiempo para completar la documentación para contar con la habilitación necesaria para vender fuegos artificiales, aunque por los pedidos solicitados no serían más de 5 firmas.
Como consecuencia de la normativa aprobada, estas serían las últimas fiestas de fin de año en las cuales se podrá comercializar y usar pirotecnia, y en este contexto, El Litoral consultó al secretario de Ambiente de la Comuna, Julio Bartra, quien indicó que “como la normativa comienza a regir recién en mayo, ya comenzamos con las primeras acciones en cuanto al control de la venta de pirotecnia, por lo que estamos diagramando un plan de trabajo en conjunto con los vendedores ambulantes para que todo lo que se comercialice esté habilitado y cuente con las medidas de seguridad necesarias”.
“Realizaremos una importante campaña de concientización sobre el uso de los fuegos artificiales y los controles serán estrictos”, resaltó.
En cuanto a la cantidad de vendedores ambulantes que comercializan los fuegos artificiales, dijo que “el año pasado se registró un número importante de vendedores, por lo que ya comenzamos a trabajar en materia de concientización a fin de que los productos que se comercialicen no superen los 65 decibeles, como establece la nueva disposición. Pero avanzaremos en la concientización, ya que la normativa no rige y eso es una realidad”.
Comercios
Mientras que en referencia a la cantidad de locales habilitados, los cuales deben contar con algunas medidas de seguridad para acopiar los elementos pirotécnicos, explicó que “hasta el lunes cuentan para presentar la documentación para lograr la habilitación necesaria para la venta de estos productos”.
Y agregó que “hasta el momento tenemos pocos pedidos, no superan los 5, como el año pasado, son las mismas firmas de siempre las que se acercan todos los años”.
Normativa 2019
De acuerdo con la ordenanza sancionada por unanimidad, desde el 1 de mayo quedará prohibida la producción, comercialización, distribución y utilización de artificios pirotécnicos con efectos audibles o que produzcan estruendo, estampido, silbido o ruidos similares, con encendido a fricción o impacto, que superen los 65 decibeles. Asimismo, se prohíbe la producción, distribución, comercialización y utilización de los denominados globos aerostáticos.
En el caso de detectar algunas de las acciones prohibidas, la norma faculta además a decomisar y destruir los artefactos. También contempla sanciones pecuniarias y lo recaudado será destinado a la campaña de concientización permanente.
En cuanto a la comercialización de los artefactos lumínicos o fumígenos a personas menores de 16 años.
Por su parte, los vecinos podrán denunciar las contravenciones. Y en este sentido tipifica que en el caso de que las infracciones sean cometidas por menores de 18 años, los padres o tutores responderán por sus actos.
Seguridad
Cabe recordar que en la Argentina los artefactos de pirotecnia deben estar categorizados y aprobados por el Registro Nacional de Armas (Renar) y también, debido a que, en rigor, se trata de explosivos a base a pólvora, por la Dirección General de Fabricaciones Militares (Dgfm).
Cabe recordar que los comercios que vendan estos productos deben contar con algunas medidas de seguridad para el acopio de los artificios pirotécnicos, las cuales están tipificadas en diversas normativas como las establecidas por la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac).