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Cuando la Constitución se ignora, todo es posible

Por El Litoral

Martes, 15 de septiembre de 2020 a las 01:04

Por Mario A. R. Midón*
Especial para El Litoral.
Constitucionalista.

Respondo a la nota de opinión publicada el 14/9 por El Litoral, en que la colega María Inés Fagetti refuta el artículo de mi autoría “El fin del federalismo”.
Primero. El argumento de la replicante, a tono con la decisión presidencial de quitar fondos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba) por decreto, aduce como justificante el hecho de que, al dictarse la Ley de Coparticipación Federal en 1988, Buenos Aires no era una ciudad autónoma y el porcentaje que se le fijó fue por decreto.
La inconsistencia de la inconstitucional alegación cae por su base, porque se omite cualquier referencia al hecho de que, en 1994, se reformó la Constitución Nacional. Detalle no menor. 
Segundo. Congruente con la autonomía acordada a ese distrito, en esa ocasión el reformador consideró a la Caba (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) como sujeto de la coparticipación, tanto primaria como secundaria (art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional).
Es muy obvio que con tal innovación constitucional el territorio de la Caba mutó, porque desde entonces tiene autonomía institucional, política, financiera, económica y administrativa, con un Ejecutivo electivo, una Legislatura de ese mismo carácter, Judicial propio (art. 129 C.N) y, hasta ha dictado su propia Constitución.
Obviamente que tiene derecho a proteger sus recursos coparticipables, que no pueden disminuirse con los ensayos de generosidad que practique el presidente de turno respecto de ellos.
En concreto, pudieron haberse asignado recursos por decreto antes de que la Caba tuviera el estatus constitucional que le dio la reforma del 94, pero de allí no se extrae que también por decreto se los quiten ahora. Mucho más cuando ha modificado su estructura institucional.
La teoría del paralelismo de las formas que se invoca solo juega cuando el emisor del acto y su receptor son las mismas personas. En este caso, el autor puede ser el mismo (el presidente), pero su destinatario no es más el municipio de la Capital Federal, sino un Estado distinto -Caba- que desde 1994 es autónomo.
Solamente ignorando la Constitución se puede sostener lo contrario.  Tercero. Cuestión distinta a la debatida es la de adjudicar fondos por decreto. Cuando esos fondos son propiedad del Estado nacional,  el gobierno federal no se los quita a nadie. Dispone por sí. 
Fuera de toda duda, ese mecanismo se presta a la discreción, cuando no a la arbitrariedad, como  en la que incurrieron los Kirchner con la provincia de Santa Cruz y Macri con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cuarto. Agrego ahora, porque no lo dije en la nota que genera este intercambio. El manotazo de fondos a la Caba se hizo por decreto de necesidad de urgencia, cuando el Congreso se hallaba en condiciones de seguir el trámite ordinario para la formación de la ley, (art. 99 inc. 3 C.N.) Se trata de un DNU disfrazado, porque se lo ha vestido como un decreto autónomo, a sabiendas de que la competencia para reducir montos coparticipables no es atributo presidencial.
Quinto. Apreciada colega, mi vaticinio puede parecerle  apocalíptico, pero no soy yo el que ha generado esta situación, sino el Presidente de la nación.  
Las consideraciones acerca de los miedos, la desinformación y los recursos bajos corren por su cuenta. No es mi estilo.

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