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/Ellitoral.com.ar/ Nacional

Habilitarán jubilaciones para mujeres sin los 30 años de aporte

La iniciativa está a punto de ser oficializada por el Gobierno nacional y serán 155.000 las beneficiadas.

Se reconocerá hasta tres años de aportes a las mujeres por cada hija o hijo para que puedan jubilarse y se podrá complementar con los años que esas mujeres puedan regularizar a través de la moratoria vigente.

Tal y como lo indica la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), una vez que se apruebe la medida, que forma parte del Programa Integral de Reconocimiento de Periodos de Servicios y Tareas de Cuidado,  se podrán jubilar de forma inmediata alrededor de 155.000 mujeres.

Por la moratoria de la ley 26.970, vigente hasta julio de 2022, las mujeres pueden regularizar años de aportes por el período que va del 01/01/1955 al 31/12/2003. Deben demostrar que están en “vulnerabilidad social” en base a una evaluación socio-patrimonial. Luego, Anses calcula la deuda por los años regularizados que se descuentan de los haberes, en 60 cuotas, ajustables por la movilidad.

En esos casos, en general se jubilan con el haber mínimo que desde junio es de $ 23.065 mensuales, antes de los descuentos, y cuentan con la cobertura médica del Pami.

Por las tareas de cuidado de las hijas o hijos, Anses reconocerá un año por cada hija o hijo. Y en caso de haber percibido la AUH, se reconocerán 3 años por cada hija o hijo.

En consecuencia se pueden presentar una multiplicidad de situaciones. Algunos ejemplos pueden ayudar a comprender mejor esta operatoria.

Advertencias y apoyo de la oposición 

“Me parece bien reconocer el trabajo de cuidado de personas, pero el tema es quién paga ese aporte que efectivamente no se hizo”, plantea el diputado Alejandro Cacace de Juntos para el Cambio. “Son tantas las situaciones de quienes llegan a la edad jubilatoria y por informalidad, desempleo o trabajo no remunerado sin tener los aportes para jubilarse que debemos replantearnos la naturaleza contributiva del sistema y pensar en prestaciones universales financiadas con impuestos. Las soluciones parciales terminan siempre siendo parches que luego toca financiar a quienes aportan formalmente, y cuyos beneficios son otorgados con demoras, pierden poder adquisitivo por la ley de movilidad, no se les pagan los reajustes que son reconocidos judicialmente, entre otros perjuicios que sufren.

También Graciela Ocaña dice que está de acuerdo con el reconocimiento por tareas de cuidado, “ pero debería ser financiado por Estado mediante algún subsidio o partida especificada en el Presupuesto y no mediante la Anses para no seguir distorsionando el sistema jubilatorio”.

Algunos ejemplos

Caso 1. Una mujer que nació en 1961. Cumple 60 este año y tiene 2 hijos/as.

Hoy, tiene la edad para jubilarse, pero no puede hacer los trámites porque no tiene los 30 años de aportes mínimos requeridos.

Supongamos que:

• Tiene 11 años con aportes registrados antes de 2003.

• Tiene 4 años de períodos con aportes registrados posteriores a 2003.

En total, cuenta con 15 años de servicios con aportes.

Puede regularizar hasta 12 años a través de la moratoria vigente según la Ley 26.970. Entre 1979, cuando cumplió 18 años, y 2003 pudo tener aportes por 24 años de aportes pero tiene 11. Esto significa que podría regularizar por moratoria 13 años. Entonces entre los 15 años que tiene registrados y los 13 que puede regularizar por moratoria alcanzaría a un total de 28 años. No llega a los 30 años requeridos por el sistema previsional.

Con el nuevo programa reconocimiento de períodos de servicio por tareas de cuidado, los dos años que le faltan le serían reconocidos por los dos hijos/as. Accede de inmediato a la jubilación.

Otro ejemplo.

Caso 2. Una mujer que nació en 1959. Hoy tiene 62 años, o sea, 2 años más que los requeridos para jubilarse. Tiene 3 hijas/hijos. Necesita 29 años de aportes porque cada 2 años que exceden los 60 se requiere un año menos de aportes.

Supongamos que tiene:

• 10 años de trabajo registrado previo a 2003.

• 2 años de trabajo registrado posteriores a 2003.

En total, acumula 12 años de trabajo registrado con aportes.

Puede regularizar 14 años de servicio a través de la moratoria vigente Ley 26.970. Entre 1977, cuando tenía 18 años y 2003, la moratoria le permite regularizar 26 años y en ese periodo tiene 10 años aportados.

Entre los 12 años que tiene registrados y los 14 que puede regularizar por moratoria alcanzaría a un total de 26 años. A eso, se le suma un año más por excedencia de edad, alcanzado un total de 27 años de servicios. No llega a los 30 años requeridos por el sistema previsional.

Con el nuevo programa reconocimiento de períodos de servicio por tareas de cuidado, los tres años que le faltan le serían reconocidos por los tres hijos/as accediendo a la jubilación.

En este mismo ejemplo, la mujer de 62 años sin aportes también podría jubilarse porque de los 29 años requeridos justificaría 26 años con la moratoria y 3 años por los hijas/hijos.

Clarín

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