El fiscal general ante la Cámara Federal porteña, José Luis Agüero Iturbe, desistió ayer del recurso de apelación presentado por su colega de primera instancia contra el fallo que sobreseyó al expresidente Mauricio Macri y a los jueces Mariano Borinsky y Gustavo Hornos en la causa por las reuniones públicas que mantuvieron en la Casa Rosada y la Quinta de Olivos y que el kirchnerismo enmarcó como un delito.
La decisión Agüero Iturbe generó que los sobreseimientos dispuestos por el juez Marcelo Martínez de Giorgi y apelados por la fiscal de instrucción Alejandra Mangano queden firmes sin necesidad de ser revisados por la Cámara Federal porteña toda vez que en esta causa no hay una querella que pueda reclamar la continuidad de la investigación, explicaron fuentes judiciales.
La denuncia por las visitas de los jueces a Macri fue presentada por los diputados nacionales ultra k Martín Soria (actual ministro de Justicia), Rodolfo Tailhade y Eduardo Valdés y amplificadas como “graves delitos” por Página 12, C5N y Eldestapeweb, entre otros medios K. Así se cayó otra denuncia presentada por Tahilade, ex director de Contrainteligencia de la AFI y Valdés, miembros de la comisión bicameral de Inteligencia del Congreso.
Al igual que el Operativo Puf contra la causa de los Cuadernos de las Coimas, esos operadores de la vicepresidenta Cristina Kirchner buscaban apartar con esa falsa denuncia a Borinsky y Hornos de causa en que está procesada la ex presidenta. Lo mismo está pasando con la causa en que se investiga si el macrismo presionó al empresario K Cristóbal López.
En esta causa se buscaba determinar si los encuentros que mantuvo el expresidente con los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal en la Casa Rosada y en la Quinta de Olivos pudieron servir como escenario de presiones indebidas o para el direccionamiento de causas judiciales en contra de los adversarios políticos del líder del PRO.
Luego del dictamen de Agüero Iturbe, la Cámara Federal dejó firme el sobreseimiento en esta causa en que Macri fue defendido por el abogado Pablo Lanusse.
“Se encuentra acreditado que el hecho investigado no se cometió; no en punto a la existencia de algunas de las reuniones acreditadas, sino en cuanto a que mediante ellas se influyó en el actuar de la justicia para dictar pronunciamientos con la intención de perjudicar y/o agravar la situación procesal de algún encartado/a”, sostuvo el fiscal Agüero Iturbe en el dictamen.
“En este punto es necesario indicar que la reunión de un magistrado con quien ejerce el poder ejecutivo (de carácter unipersonal) en un período determinado no representa de por sí acción u omisión alguna reprimida por el catálogo penal de la nación.
(JML)