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Fundamentaron la condena a un hombre que prendió fuego a su pareja

Elías Javier Valenzuela fue condenado por el femicidio de Ramona Romero, en un hecho ocurrido en noviembre del 2021. La mujer falleció luego de 20 días de agonía. 

Por El Litoral

Jueves, 27 de julio de 2023 a las 21:05

El Superior Tribunal de Justicia dio a conocer los fundamentos de la sentencia condenatoria  para Elías Valenzuela por el femicidio de su pareja, Ramona Romero.
En la madrugada del 15 de noviembre de 2021, Valenzuela lesionó mortalmente a su pareja, quien estaba rociada de alcohol cuando él encendió un fósforo y le prendió fuego. 
En un intento por apagarlo, Ramona Estela Romero alcanzó a ingresar a la ducha y tras recibir asistencia fue trasladada primero al Hospital San José de Paso de los Libres y en forma posterior al Hospital Vidal de Corrientes Capital. Con el 80% del cuerpo quemado, falleció el 5 de diciembre.
A mediados de abril de este año el Tribunal Oral Penal de Paso de los libres condenó a Valenzuela a prisión perpetua.
La defensa oficial no discutió la relación violenta que existía entre ambos ni cuestionó el hecho de que quien prendió el fósforo fue Valenzuela, no obstante negó que los hechos hubieran ocurrido del modo que se atribuyeron al condenado.
También cuestionó declaraciones de algunos testigos, incluidas las un hijo de la pareja; y que los jueces pasaron por alto la propia conducta de la víctima, esto es, que ella misma se roció con alcohol, no para quitar responsabilidad a Valenzuela, sino para dejarla en su justa dimensión.
En relación al tipo penal, la defensa entendió contradictorio el análisis realizado por los jueces que primero señalaron que no hubo voluntad deliberada de cometer un delito, pero luego se refirieron a un comportamiento consciente y temerario.
En este sentido, se solicitó la anulación del fallo y se exigió la absolución de Valenzuela.
En el primer voto, el doctor Alejandro Chaín, sostuvo que “todos los elementos de prueba valorados han brindado el grado de certeza necesaria en la decisión del juzgador, para dictar una sentencia condenatoria, teniendo en cuenta que el hecho se encuentra acreditado y demostrado sin ninguna duda la culpabilidad, así como la acción dolosa, tal como lo resalta el tribunal en la sentencia”.
Rechazó además el recurso presentado por la defensa entendiendo que “se aprecia una reedición de agravios en esta etapa recursiva de los argumentos que fueron respondidas por el Tribunal en su decisorio”. (NG).

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