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/Ellitoral.com.ar/ Policiales

Quedó firme la pena a un hombre que violó a su pareja

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de 10 años de prisión a un hombre por haber abusado sexualmente de su esposa, con quien tiene dos hijos.

Marina Cusinato, abogada de la víctima, destacó el accionar de la Justicia en este tipo de casos que ocurren en un ambiente de extrema intimidad.

El debate se realizó en junio de 2019 en el Tribunal Oral Penal de Paso de los Libres compuesto por Marcelo Fleitas (presidente del debate), Gustavo Ifrán y Marcelo Pardo (vocales). La mujer lo había denunciado por obligarla a tener sexo. 

Dos integrantes del TOP, Fleitas e Ifran, entendieron que la mujer actuaba bajo amenaza. Sin embargo, para el otro miembro del Tribunal, Pardo, la imputación es ambigua y la víctima cedió ante la petición de su pareja. Finalmente, el hombre fue condenado a la pena de 10 años de prisión.

El hecho ocurrió en Monte Caseros en febrero del año pasado cuando la mujer se presentó en  la comisaría de esa localidad, y relató que desde hace años recibía agresiones verbales y físicas de su pareja: “Constantemente recibo trompadas, cachetadas, empujones por parte de mi pareja, todo ello en presencia de mis hijos. Y me dice ‘sos una p…’”, denunció ante el Tribunal. 

“Siempre accedía a sus pedidos sexuales por temor a que me pegara, era muy violento”.

Por su parte, el acusado declaró en sede tribunalicia, negó las acusaciones de su pareja, dijo que jamás le levantó la mano, y de manera textual afirmó que “nunca la sometí a tener relaciones sexuales, siempre fueron consentidas”. En su declaración, el hombre ahora condenado expresó que su mujer era muy celosa y que él era víctima de reiteradas agresiones verbales, por parte de ella.

Uno de los testimonios significativos fue el del padre del imputado. El hombre puntualizó: “Quiero decir que ella siempre llegaba a casa y contaba su intimidad en familia, se la escuchó decir lo feliz que era y la forma en que mantenía su vida sexual, y lo contaba tan libremente, tan liberal, que nunca nos demostró una expresión de mortificación”.

Para los doctores Gustavo Ifran, y Marcelo Fleitas, el imputado actuó en contra de la voluntad expresa de la esposa, y la accede carnalmente, vía anal; además de que la víctima hace tiempo venía sufriendo violencia de género. Para Ifran y Fleitas, el peso del testimonio de la víctima fue decisiva. 

En esa línea, argumentan que “la víctima es el testigo necesario. No valorar su testimonio, en este contexto, es una práctica que remite prejuicios y estereotipos prohibidos por los estándares internacionales que regulan esta materia, es una forma de propender a la impunidad de estos delitos”.

(NG)

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