La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles la “elaboración, fraccionamiento y comercialización” en toda la Argentina de cinco suplementos dietarios por considerarlos “productos ilegales“.
La medida quedó oficializada en la Disposición 7213/2022, que fue publicada en la última edición del Boletín Oficial y que llevó la firma del máximo responsable de ese organismo, Manuel Limeres.
En específico, se trata de los productos “Metil Sulfonil Metano” y “Ácido Scórbico Vitamina C”, ambos de la marca “Suplelife Suplemento Dietarios” y provenientes de China, así como también de sal del Himalaya fina, ajo en polvo, y aceite de coco “RBD neutro prensado en frío”, todos ellos de la marca “Supleseeds Productos Naturales” y con origen en Pakistán e India.
Según se advierte en el documento, los cinco suplementos dietarios carecen de “registros sanitarios”, por lo que, al no poder “ser identificados de forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y fraccionados en un establecimiento determinado”, son calificados como ilegales.
(EN)