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Confirmaron la condena a un hombre por intentar matar a su padre en Libres

Por El Litoral

Lunes, 20 de diciembre de 2021 a las 01:00
Audiencia. El STJ rechazó el planteo de anulación de la pena.

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de cinco años y seis meses de prisión por un intento de homicidio en Paso de los Libres.
El hecho ocurrió en diciembre del 2015, en el barrio 60 viviendas. El imputado, Luis Zapata, montado en un caballo, y empuñando un arma blanca, arremetió contra Ángel Oscar Tovani (padre), asestándole dos puntazos en el cuerpo, que le provocaron heridas de gravedad. 
Según el portal de noticias Confirmado, la defensa de Zapata apeló la condena del Tribunal de Juicio, por considerarla arbitraria, ya que “el acusado no quiso el homicidio de la víctima, que más bien actuó de manera irreflexiva cansado de las burlas por parte de éste”.
Por otra parte, sostiene “que la víctima estuvo internado solo 6 días y que ello indica que no presentaba un cuadro de gravedad en cuanto no representó peligro de vida, y que por ello la sentencia equivoca la calificación legal de homicidio en grado de tentativa, cuando el hecho califica en el ámbito de las lesiones graves, correspondiendo aplicar condena en suspenso de 3 años”.
Para el fiscal general de la provincia, dr. César Sotelo, la responsabilidad atribuida a Zapata, está debidamente acreditada, por lo que rechazó el recurso de casación, formulado por la defensa.
En tanto que el STJ, argumentó que “las probanzas han sido debidamente valoradas en el fallo condenatorio (primera instancia), en un todo, contestes, con lo decidido por el sentenciante, quien ha desarrollado en su pronunciamiento la valoración precisa, clara y concatenada del andamiaje probatorio con el que se cuenta”
Con respecto, al señalamiento de la defensa técnica de Zapata, sobre que el ataque no representó un peligro de vida para Tovani, el máximo tribunal, puntualizó “el médico que intervino quirúrgicamente a la víctima, en su declaración ante el tribunal enjuiciante, afirmó con certeza que existió riego de vida para el paciente, no lo insinuó ni dejó a la libre interpretación. Luego de relatar detalladamente cómo se realizó el procedimiento de cirugía y las suturas que debió practicar, estableció un juicio de pronóstico y disipó toda duda en cuanto a que por las condiciones personales de la víctima (edad y enfermedades preexistentes), por la zona de lesión (órganos vitales comprometidos: diafragma, hígado y páncreas), y el excesivo sangrado mayormente interno (dentro de la cavidad abdominal), la intervención fue de urgencia, de lo contrario la hemorragia masiva hubiera provocado un shock que desencadenaría en la muerte del paciente”. La decisión del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, fue por unanimidad de sus miembros. 
 (NG)

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