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/Ellitoral.com.ar/ Nacional

La Corte falló en contra de una petrolera y habilitó a los municipios a cobrar una tasa a las empresas

La Corte Suprema de Justicia de la Nación avaló el cobro de una tasa municipal de Quilmes a la petrolera Axion Energy y dio pie así al resto de los distritos bonaerenses a que cobren tasas locales. El fallo lo firmaron los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti, estos dos de manera concurrente. El presidente Carlos Rosenkrantz se excusó.

La medida, que tenía sentencia previa en la Corte bonaerense, obliga a las empresas a tributar tasas de seguridad e higiene por encima de la base de los ingresos brutos del contribuyente siempre y cuando el resultado, según los argumentos del máximo tribunal nacional, no sea “irrazonable”, “desproporcionado” o “disociado” de los servicios prestados por el municipio. El reclamo original lo había presentado Esso, actual Axion Energy, contra el municipio de Quilmes, porque este, en función del tercer párrafo del artículo 35 del Convenio Multilateral, pretendía cobrarle un remanente por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene (Tish).

La petrolera sostenía que la postura del fisco municipal era ilegítima porque liquidaba la tasa computando los ingresos originados en otros municipios de la Provincia de Buenos Aires en las que Esso no tenía locales o establecimientos habilitados; porque la tasa no se originaba en una efectiva prestación de un servicio municipal y porque existía una desproporción entre el monto de la tasa y el costo del servicio.

Pero la Suprema Corte bonaerense rechazó esa demanda, basándose en que la normativa que se aplicaba daba lugar al municipio a computar en la base imponible los ingresos brutos provinciales, incluso aquellos devengados en otros municipios en los que la actora no poseía local o establecimiento. Señaló también que existió una efectiva prestación del servicio y descartó que la tasa fuese desproporcionada. 

(AG)

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