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/Ellitoral.com.ar/ Opinión

Más de medio millón de personas no podrán jubilarse sin la moratoria 

​​Especial para El Litoral de Silvia Zarza 

Abogada egresada de la UNNE; especialista en Derecho Previsional; directora de Zarza & Asociados 

La Ley de Moratoria Previsional N° 27705 es clave en el ámbito de la seguridad social en Argentina. Aprobada en el año 2020, establece un régimen de regularización para aquellos ciudadanos que no hayan completado los requisitos necesarios para acceder a una jubilación o pensión en el sistema de seguridad social.

Esta ley se sancionó con el objetivo de brindar una solución a la situación de muchas personas que, debido a diversos factores, no habían podido completar los años de aportes necesarios para acceder a una jubilación o pensión.

Entre las razones principales que llevaron a la sanción de esta ley se encuentran, la altísima informalidad laboral de muchos trabajadores, lo que significa que no están registrados ante la seguridad social y, por lo tanto, no realizan aportes previsionales de manera regular. La ley buscaba ofrecer una solución a estas personas para que pudieran regularizar su situación previsional y acceder a beneficios jubilatorios.

Otra razón para la sanción de esta ley respondió a principios de equidad y justicia social, dado que muchos ciudadanos argentinos, especialmente aquellos que trabajaron en la economía informal o en condiciones precarias, se encontraban en desventaja al no poder acceder a una jubilación digna debido a la falta de años de aportes. La ley buscaba corregir esta situación y brindar oportunidades de acceso a la seguridad social a un sector importante de la población. Las personas que hoy buscan jubilarse, comenzaron si historia laboral allá por la década de los años 90, donde primó la informalidad laboral, el trabajo no registrado, las changas y los cierres de ciento de PYMES.

Otro de los factores por lo que se buscaba una nueva moratoria desde fines del 2022 cuando vencía la prorrogada ley 26970 era evitar que la falta de ingreso al sistema pueda provocar graves repercusiones económicas y sociales para los futuros jubilados. La sanción de la ley buscaba mitigar este impacto al permitir que aquellos que no habían completado los años de aportes necesarios pudieran regularizar su situación y acceder así a un ingreso que les asegure mínimamente la cobertura de las necesidades básicas y la protección a la salud.

En resumen, esta moratoria se sancionó para abordar problemas de informalidad laboral, promover la equidad y la justicia social, y mitigar el impacto económico y social de la falta de acceso a la seguridad social en nuestro país.

 

La ley 27.705 tiene dos variantes:

En el primer caso, se les permite regularizar los períodos faltantes hasta el mes de diciembre de 2008 (inclusive) mediante la aplicación de un método de pago en cuotas que se deducirán directamente de los ingresos de jubilación que obtengan. El número de cuotas podrá ser de hasta 120 meses.

Las cuotas a desembolsar por los meses a regularizar se calculan de acuerdo con la denominada “Unidad de Pago de Deuda Previsional”, cuyo valor equivale al 29% de la base imponible mínima de remuneración vigente a la fecha de la solicitud del beneficio pensional. 

La segunda variante está destinada a mujeres mayores de 50 años y menores de 60 y hombres mayores de 55 años y menores de 65 que, contando con pocos años de aportes, ya saben que no podrán completar los 30 años cuando lleguen a la edad de jubilación.

Este mecanismo lo pueden utilizar quienes acrediten ingresos que les permitan justificar el pago de la deuda derivada de la “Unidad de Cancelación de Aportes” de períodos anteriores al 31 de marzo de 2012. El valor de esta Unidad de Cancelación (UCDP) también es del 29%. de la base imponible mínima. Esta cantidad se ajusta a la movilidad. 

La ley establece plazos específicos para la vigencia que vencería en el mes de marzo del 2025.

Finalmente, hay que tener en cuenta que, el fundamento de que las moratorias previsionales favorecen más a las mujeres, se basa en que ellas suelen enfrentar mayores obstáculos en el mercado laboral, incluyendo brechas salariales y discriminación de género, lo que a menudo resulta en períodos más cortos de empleo formal y, por lo tanto, menos años de contribuciones al sistema de seguridad social. La moratoria previsional ofrece una oportunidad para que quienes hayan trabajado en empleos informales o con interrupciones en su carrera laboral puedan regularizar su situación previsional y acceder a beneficios jubilatorios.

Las mujeres suelen asumir una mayor carga de trabajo no remunerado, como el cuidado de hijos, personas mayores o enfermas, lo que puede limitar su participación en el mercado laboral formal y reducir sus años de contribución al sistema de seguridad social. La moratoria previsional reconoce esta realidad y brinda una oportunidad para que las mujeres que hayan tenido interrupciones en su carrera laboral puedan acceder a beneficios previsionales. Hoy en día, ya no se discute el aporte que significa el trabajo “no remunerado” para la economía familiar e incluso el impacto en el PBI nacional.

Protección contra la pobreza en la vejez: Dado que las mujeres tienen una mayor esperanza de vida y a menudo enfrentan mayores desafíos económicos durante su vida laboral, la moratoria previsional puede ser una herramienta crucial para protegerlas contra la pobreza en la vejez al permitirles acceder a una jubilación o pensión, incluso si no han completado los años de aportes requeridos.

A febrero del 2023 se estimaba que 800.000 personas accederían a algún beneficio previsional por medio de esta moratoria; a un año de su vigencia, ya ingresaron al sistema cerca del 50% de beneficiarios, de los cuales más de la mitad son mujeres.

La Constitución Nacional establece que el estado argentino debe promover políticas publicas tendientes a asegurar los beneficios previsionales de los ciudadanos, a la vez que los derechos tienen el carácter de progresivos.

La Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos en el art 274 establece: Derogase la Ley 27705.-

Ojalá la justicia y los legisladores den respuestas a todos los interrogantes que surgen de una sola palabra “Derogase” 

 

 

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