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Insólito: escribana de Corrientes certificó venta de un vehículo de una persona fallecida

La Cámara Federal de Apelaciones dejó firme un procesamiento y un embargo impuestos a la profesional.

Por El Litoral

Sabado, 13 de diciembre de 2025 a las 20:32

En un insólito accionar, una escribana de Corrientes aparece imputada por la venta de un automóvil de un hombre fallecido. Quedó firme la causa por “Falsificación Documentación Automotor”.

La Cámara Federal de Apelaciones resolvió confirmar el procesamiento sin prisión preventiva de Roxana Edith Cabral, acusada de certificar la firma perteneciente a una persona que había fallecido en junio del 2022. La venta se realizó en Goya en febrero del 2023

Además, la Justicia dejó firme el embargo dispuesto en primera instancia por el Juzgado Federal de Goya luego que el interventor del Registro del Automotor local detectara irregularidades en el trámite de transferencia del vehículo con dominio IPR 889, según reveló el periodista local Juan Cruz Velasquez.

“En el expediente se presentó el formulario 08 Nº 48707932, con firma certificada del titular registral de apellido Gómez y de su cónyuge de apellido Acosta”, detalló.

Además, en la acusación advierten que “la profesional da fe sobre los documentos públicos y que ambas firmas fueron rubricadas en su presencia el 28 de febrero de 2023”.

Sin embargo, “una consulta al Renaper reveló que Gómez había fallecido el 18 de junio de 2022, casi nueve meses antes de la fecha consignada en la certificación notarial”.

Con esa evidencia, el organismo federal automotor denunció la presunta falsedad ideológica del instrumento público presentado para tramitar la venta y/o el cambio de titularidad del vehículo.

El Colegio de Escribanos de Corrientes confirmó, además, que la foja utilizada -Serie “A” Nº 00750395- había sido adquirida por Cabral. Cabe señalar que el recurso de apelación ante el fallo del Juzgado Federal de Goya fue presentado por la defensa de la escribana el 30 de septiembre de 2024.

La escribana fue hallarla "prima facie" autora del delito de “Falsedad Ideológica” (art. 293 del Código Penal) por lo cual se ordenó trabar embargo sobre los bienes suficientes de la imputada hasta cubrir la suma de cincuenta mil pesos ($50.000).

En virtud de ello, el 11 de diciembre del 2025 la Cámara Federal de Apelaciones, con las firmas de Ramón Luis González como juez de Cámara, Cynthia Esther Ortiz García, secretaria y Mirta Gladis Sotelo como juez de Cámara, rechazaron el recurso de apelación y en consecuencia, confirmaron el auto recurrido en todo lo que fuere objeto de apelación.

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