El Superior Tribunal de Justicia mediante Resolución N º 82/25, revocó la condena a 22 años de prisión por homicidio simple recibida por Enzo Iván R. por la muerte del bibliotecario Julio Espíndola ocurrida en abril de 2023 en Santo Tomé.
El máximo tribunal provincial habría centrado su decisión en una crítica a la actuación del Tribunal de Juicio de Santo Tomé, que omitió considerar un elemento clave presentado por la defensa de Enzo Iván: un abuso sexual que habría sufrido durante su infancia a manos de Carlos Javier M., también involucrado en el caso.
La decisión del Superior Tribunal de Justicia (STJ) anula una condena y establece un precedente significativo al subrayar la obligación de los tribunales de evaluar exhaustivamente el impacto del abuso sexual infantil en la psiquis de un acusado, especialmente al determinar su responsabilidad penal y la pena correspondiente.
El STJ ordenó la realización de un nuevo juicio para el misionero Enzo Iván R., en el que se deberá analizar nuevamente toda la evidencia y dictaminar una sentencia que considere la totalidad de las circunstancias del caso, incluyendo el historial de abuso sexual del acusado.
La noche del 8 de abril de 2023, se encontró muerto al bibliotecario local Julio Jesús Espíndola en su residencia. La investigación policial señaló rápidamente a Enzo Iván R., un joven de 25 años oriundo de Oberá, Misiones, como principal sospechoso, ya que se había hospedado en la casa de la víctima durante la semana anterior al asesinato.
El juicio oral y público por el crimen se llevó a cabo en el Tribunal Oral Penal de Santo Tomé, donde tras la presentación de pruebas y argumentos, el tribunal emitió su sentencia el 30 de julio de 2024, declarando a Enzo Iván R. culpable de homicidio simple y hurto en concurso real.
Los magistrados consideraron que Enzo Iván era penalmente responsable de la muerte de Espíndola y de la sustracción de sus pertenencias, por lo que fue condenado a 22 años de prisión. Por otro lado, Carlos Javier M. fue hallado culpable de encubrimiento del hurto y sentenciado a 2 años de prisión por colaborar con Enzo Iván después del crimen.
Sin embargo, la defensa de Enzo Iván presentó un recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia, impugnando la validez del fallo. El STJ analizó detenidamente los argumentos y decidió hacer lugar parcialmente al recurso, revocando la condena impuesta a Enzo Iván R. y ordenando un nuevo juicio.
La decisión del STJ se fundamentó en que, aunque no se cuestionaba la autoría de Enzo en la muerte de Espíndola, la valoración probatoria realizada por el Tribunal de Juicio era susceptible de revisión, especialmente en cuanto a la calificación jurídica del delito y la determinación de la pena.
El Superior Tribunal destacó la importancia de los informes periciales psicológicos y sociales presentados por la defensa, que revelaban que Enzo había sido víctima de abuso sexual a los 13 años por parte de Carlos Javier M. El nuevo fallo expresa que omitir el impacto del abuso sexual en la psiquis de Enzo fue un error grave.
La Fiscalía se opuso a la decisión y argumentó que hubo dolo, y que Enzo pudo haber resuelto la situación de otra manera, más allá de sus condicionamientos.