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Sobre la adoptabilidad de un niño: "El amor no alcanza si no existe un cuidado seguro"

Lo expresó la jueza del Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia N°1 de Goya tras habilitar la adopción de un niño luego de constatar que la madre, afectada por patologías psíquicas, no podía garantizar un entorno seguro. 

Por El Litoral

Jueves, 25 de septiembre de 2025 a las 11:35

La jueza del Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia N°1 de Goya, Viviana Racigh decidió habilitar la adopción de M., un niño actualmente institucionalizado, cuya madre biológica padece patologías psíquicas severas que le impiden ejercer una crianza segura.

Si bien el tribunal reconoció el deseo de maternar y el vínculo afectivo entre madre e hijo, la magistrada consideró que el deterioro progresivo de la salud mental de la progenitora —incluyendo episodios de desorientación, internaciones recurrentes, abandono de tratamiento y conductas violentas hacia el niño— volvía inviable su protección en el entorno familiar de origen.

Hay decisiones que no pueden tomarse sin dolor. Veo a una madre que ama pero no puede hacerse cargo, y veo a un niño que no puede seguir esperando que su madre pueda”, expresó la jueza Racigh en los fundamentos del fallo.

El pronunciamiento se basa en el principio del interés superior del niño, pilar central en toda intervención judicial vinculada a la infancia. En este caso, la prioridad fue garantizar a M. la posibilidad de crecer en un entorno protegido, estable y saludable.

Además de resolver sobre la situación puntual del niño, el Juzgado solicitó a los poderes públicos reforzar las políticas de salud mental, con el fin de evitar que situaciones similares queden desatendidas en el sistema de protección integral.

Contexto y alcance

La decisión judicial no desconoce el amor de la madre, sino que subraya que, en ciertas circunstancias, el afecto por sí solo no basta si no se traduce en acciones concretas de protección y cuidado.

El fallo fue adoptado en un contexto de institucionalización prolongada del niño, ante la ausencia de un entorno familiar seguro y sin avances sostenidos en la recuperación de la progenitora.

La habilitación para su adopción abre la posibilidad de que M. acceda a una familia que garantice su desarrollo integral, emocional y físico, en condiciones de respeto, afecto y contención.

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