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Fallo a favor de un jubilado correntino

El caso comprende la liquidación de un concepto remunerativo que no era tenido en cuenta.

Por El Litoral

Sabado, 29 de noviembre de 2025 a las 19:17

n La Justicia provincial acaba de sellar una buena noticia para los jubilados de la Dirección Provincial de Energía de Corrientes (Dpec). Mediante una medida cautelar, un beneficiario de ese sector consiguió que se ordene el ajuste de su haber incluyendo en el cálculo un concepto que perciben los activos de la empresa, conocido como BAE y que no se venía canalizando por la vía previsional.
El juzgado Civil y Comercial 6 de Corrientes, a cargo de Sonia Filipigh, resolvió hacer lugar a una medida cautelar innovativa solicitada por un jubilado de la Dpec, ordenando a la caja previsional de Corrientes a liquidar y abonar la jubilación de conformidad a lo establecido por la Ley 4917/95 y verificar en el caso concreto "la inclusión de los rubros remunerativos "Acta Acuerdo 05/2013 - Código 4508".
Pero también, ordenó que se incluya la "suma no remunerativa / bonificación Código 4519" y el rubro remunerativo Bonificación Anual Especial (BAE), hasta igualar el monto que percibe un agente en actividad de la Categoría 10 - antigüedad 43 años, según especifica el fallo.
En tanto que dicta la no aplicación de los Decreto Ley 22/2000 y 167/2001, que regulan el sistema previsional de Corrientes y datan de los años de la úlyima intervención federal en la provincia.
El corazón de la medida, según explicaron, es la inclusión del BAE en el cálculo del haber jubilatorio de este retirado de la Dpec.
Se trata -en este caso- de una proporción del 82% móvil anual del pago anual del BAE, de cuyo derecho gozara el actor como todos los trabajadores de la Dpec, acordado por el art. 73 de la Resolución 268/2008 ´Convenio Colectivo de Trabajo 950/08, Vigente por Ley 14250, siendo el mismo de carácter remunerativo", explica la medida.

¿Qué es el BAE?

El BAE es una bonificación especial equivalente al 160% del mejor haber del año, que comienzan a cobrar los trabajadores de la Dpec al cumplir 10 años antigüedad.
El jubilado debería cobrar el 82% de este concepto y la proporción correspondiente al aguinaldo.

Impulso autoconvocado

La medida cautelar dictada por la jueza Filipigh tuvo impulso autoconvocado. Así lo definieron los protagonistas de la medida, que se reunieron en torno del reclamo y miran con expectativa la posibilidad de que, para evitar un volumen mayor de fallos, el IPS defina un acto administrativo de efecto colectivo, que normalice el pago para todos los retirados de la empresa distribuidora de energía.
Según deslizaron, son en total 3000 las personas en condiciones de percibir ese plus en sus haberes y añadieron que se deben sumar los pensionados.
Vale señalar, la resolución tiene fecha del 13 de noviembre último y fue notificada el lunes 17 a la patrocinante del amparista, la abogada María de las Mercedes Solís de Zambrano.
 

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