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/Ellitoral.com.ar/ Sociedad

El STJ ratificó la sentencia del condenado por abuso sexual que estudia en la Unne

Entre los motivos indicaron que los magistrados deben hacer un intento de resocialización sumado a los antecedentes del acusado. Alumnas de la Facultad de Veterinaria se niegan a cursar con el joven. 

El Superior Tribunal de Justicia se expidió con respecto al caso del joven de 20 años condenado por abuso sexual que estudia de forma presencial en la Facultad de Veterinaria de la Universidad Nacional del Nordeste (Unne). El hecho trascendió luego de que un grupo de alumnas realizara una sentada en forma de reclamo a cursar con el condenado, también pidieron seguridad.

La agrupación Sororidad Veterinaria Amalia Pesce (nombre de la primera médica veterinaria de la Argentina) hizo una sentada en las instalaciones en contra de la presencia del estudiante encontrado culpable por la Justicia de Goya por el delito de abuso sexual con acceso carnal y que recibió una pena de tres años de prisión en suspenso, con reglas de conducta.  Esto implicaría que podrá volver a clases.

Por ese motivo, desde la Justicia destacaron que los menores se diferencian de los adultos en el desarrollo físico, psicológico y emocional por lo que constituyen la base de culpabilidad y fundamentan que existe un sistema de justicia diferente para su protección. Vale recordar que el condenado al momento del hecho tenía 17 años.

“La justicia para personas de menor edad tiene como objetivo garantizar que la sanción tenga una relación justa y humanitaria entre la gravedad del delito que cometió, las circunstancias en que lo hizo, y las condiciones personales del joven”, informaron.

Tras los acontecimientos, la Justicia se hizo eco del hecho y explicó que las garantías especiales de los jóvenes en conflicto con la ley penal no implican impunidad; sino que obligan a los magistrados a intentar la resocialización para impedir que vuelvan a delinquir. 

En ese sentido, explicaron que el Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia tuvo en cuenta, al momento del hecho, que son “sujetos vulnerables” y que la situación se acrecentó en la víctima debido a dos factores por ser una niña y mujer.

En el texto emitido a través de su página web, explicó que al momento que se dictó la pena se analizaronla modalidad del hecho, los antecedentes del autor, lo sucedido después, los resultados del tratamiento tutelar y profesional, y la impresión que dio el responsable de manera directa.

En ese sentido, se comunicó que “la aplicación de pena en los menores de edad imputables es el último recurso al que acude un juez y supedita la punición a una serie de condiciones, entre ellas las características o “modalidades” del hecho que se encuentran en orden de consideración, de manera que el análisis de la gravedad del hecho enjuiciado se antepone al de los restantes parámetros en la ley”.

Además, indicaron que para los delitos que cometieron niños, niñas y adolescentes se aplica la ley N° 22.278, donde se estipula el Régimen Penal de Minoridad. Por eso, el Juzgado correspondiente adecúa la responsabilidad penal dictada por el Tribunal Oral Penal a la norma que rige para los menores de edad.

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