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/Ellitoral.com.ar/ Policiales

Pidieron 24 años de prisión para una mujer acusada de matar a su esposo

Mónica Gabriela Ríos fue hallada culpable por el Tribunal de Juicio. La semana que viene se conocerá la sentencia. La mujer decidió declarar y contó que su pareja era violento, pero no lo denunció por miedo. 
Debate. Ríos aclaró que sólo se defendió de un ataque y que no quiso matarlo.

El Tribunal de Juicio de la localidad de Paso de los Libres declaró la culpabilidad de Mónica Gabriela Ríos (24), acusada de matar a puñaladas a su esposo Claudio Marcelo Castillo (24), en un hecho ocurrido a fines de marzo del año pasado en la ciudad fronteriza. La sentencia se dará a conocer el próximo lunes 4 de julio.

En un fallo dividido la hallaron penalmente responsable del delito de homicidio agravado por mediar relación de pareja conviviente con circunstancias extraordinarias de atenuación, y descartaron la legítima defensa.

El fiscal de juicio, dr. Mauro Casco, pidió 24 años de prisión para la imputada. La defensa técnica, ejercida por el dr. Matías Almeida, solicitó la absolución.

El Tribunal de Juicio, presidido por el dr. Marcelo Fleitas informó la decisión tomada a los presentes en la sala de debate.

Por mayoría, Mónica Ríos fue hallada penalmente responsable del delito del que fue acusada.

Fleitas aclaró que también “se acreditó la situación de violencia a la que era sometida la mujer”.

Por su parte, el juez Gustavo Ifrán votó por la absolución de la joven, “ya que la misma actuó en legítima defensa”, dijo en su fundamentación.

En su argumentación Ifrán sostuvo que, “desde una perspectiva de género, la mujer se encontraba en un estado de vulnerabilidad, a la que había sido sometida por su difunto compañero, humillaciones, golpes, violencia verbal”, precisó el portal de noticias Confirmado.

El magistrado reconstruyó sintéticamente la escena y dijo de la acusada que “tuvo a mano los utensilios con los cuales iba a comer, con ello, ante el avance de la víctima sobre ella, le asestó una puñalada, no con la intención de matar, sino con la intención de liberarse. La señora Mónica se defendió de su agresor”. Y añadió algunos interrogantes: “¿Qué pensaron que iba hacer el agresor? ¿Abrazarla de alguna manera? ¿Le iba decir que la amaba?. Y se respondió en forma taxativa: “no, en absoluto”.

Luego fue el turno del dr. Marcelo Pardo, quien adhirió al voto del dr. Marcelo Fleitas.

Pardo manifestó que “el relato de la acusación es asimétrico, es decir, no encaja en el relato del hecho”, y agregó: “¿Dónde está relatada esa situación de atenuación formulada?”. En ese sentido objetó que “no ha sido relatado correctamente”.

El magistrado también cuestionó la ausencia de una de las víctimas en el proceso, haciendo referencia al hijo de la pareja, de 7 años. En esa línea, Pardo aseveró que “es la víctima indirecta y está olvidado en este proceso, no está representado por la asesora de Menores, que estuvo ausente”.

En cuanto a la intención de matar que tuvo la joven, Pardo expresó que, “quien se defiende, tiene la misión de anular la agresión, esa conducta conlleva al dolo”.

 

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