El Centro de Conservación Aguará logró su inscripción en el nuevo Registro Nacional de Operadores de Fauna Silvestre del Ministerio de Ambiente de la Nación Argentina, como Centro de Rescate de Fauna Silvestre.
“Es un paso muy importante para seguir mejorando y creciendo como institución”, destacaron desde el organismo provincial.
El registro fue creado el año pasado, con la finalidad de inscribir a todas aquellas personas físicas o jurídicas que realicen tránsito, comercio, importación, exportación y reexportación de ejemplares vivos, productos y subproductos de la fauna silvestre.
De esta manera, se cumple con lo indicado en la Ley N° 22.421, de conservación de fauna silvestre, respecto de la existencia de un único registro y la necesidad de restituir gran parte de las normas contenidas en las 11 resoluciones derogadas por la Resolución N° 231/2019. Anteriormente, la inscripción al registro para operadores se daba por defecto, con una marcada permisividad para personas y empresas que comercializaban ejemplares y productos de la fauna silvestre.
La concreción de este nuevo sistema público de registro incluye la definición y condiciones para 15 tipos distintos de operadores, entre los que pueden mencionarse zoológicos, ecoparques, criaderos, santuarios y colecciones, entre otros. La inscripción se realiza por tipo de actividad y habilita que un mismo operador pueda tener tantos números de registro como actividades diferentes realice, permitiendo en simultáneo el seguimiento por operador. La resolución dispone un plazo de tres meses para que los operadores ya inscriptos puedan actualizar la información.
Además, el sistema establece la información necesaria para actualizar los planteles de animales vivos y salvaguarda las potestades de registro, a cargo de la Dirección Nacional de Biodiversidad dependiente de Secretaría de Política Ambiental en Recursos Naturales y la fiscalización ante la Brigada de Control Ambiental, dependiente de la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental, en concordancia con lo estipulado por la Ley N° 22421.
La inscripción en el Registro Unificado permite un mejor cruce de información y verificación de ejemplares vivos, productos y subproductos provenientes de la fauna silvestre. Las inscripciones se realizan a través de un trámite TAD, que le imprime mayor agilidad y sencillez al procedimiento.