Cuatro meses le llevó a la familia de J.S, el cordobés de 64 años que desde el 12 de marzo, está en estado vegetativo internado en el Hospital de Urgencias de Córdoba, que se aceptara su voluntad de “morir dignamente”. Ayer la Justicia provincial falló a favor. Hay cinco días para cumplir con la orden de “desconectar” al paciente.
Su familia pidió que le retiren los soportes vitales porque esa era su voluntad. El caso llegó a la Justicia después de tres pronunciamientos, no vinculantes, en ese sentido por parte de dos comités de bioética pero los médicos tratantes lo desconectaron y luego de cinco días, volvieron atrás con la decisión.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo N°2 de la ciudad de Córdoba dio la orden de desconectarlo. Es un fallo sin precedentes en la provincia. La decisión hace lugar a la acción de amparo interpuesta por la familia y declara “la ilegitimidad y arbitrariedad de la negativa del equipo médico del Hospital de Urgencias de la ciudad de Córdoba a retirar las medidas de soporte vital” al paciente.
Ordena, además, al director del hospital que disponga, “sin dilación alguna la limitación del esfuerzo terapéutico a J.S., solicitada por su familia, y el aseguramiento de los cuidados paliativos suficientes, habiendo previamente informado a los familiares para que se tomen los recaudos personales y espirituales que consideren adecuados”.
También “exhorta a la comunidad médica y no médica a tomar conocimiento informado de las voluntades anticipadas previstas en la ley N°10.058, modificada por la norma N°10.421, y a las autoridades provinciales y municipales a adoptar las medidas necesarias para garantizar su mayor difusión, con el fin de evitar la judicialización de los conflictos que puedan plantearse en el futuro”.