La Cámara Federal de Casación Penal rechazó este miércoles un planteo defensivo del ex secretario del Juzgado Federal 1 de Corrientes Pablo Molina, y confirmó una sentencia en su contra por abuso de autoridad y falsedad ideológica en la que fue condenado a cuatro años de prisión e inhabilitación para ocupar cargos públicos.
Se trata de una investigación realizada en Corrientes y que surgió luego de hallarse en forma sorpresiva una serie de discos con escuchas correspondientes a contactos telefónicos entre su pareja y un hombre, pero que habían sido realizadas mediante la incorporación de un oficio con firma falsificada en una causa por presunto narcotráfico.
Este miércoles la Sala II de Casación, integrada por los jueces Guillermo Jorge Yacobucci, Angela Ester Ledesma y Alejandro Walter Slokar, por mayoría dispuso ratificar la sentencia que había dictado en 2025 el Tribunal Oral Federal y que recayó sobre Molina como exsecretario penal del Juzgado Federal 1 de Corrientes.
Se trata de un total de 28 CD con interceptaciones telefónicas realizadas en 2014 a dos abonados con prefijo de la ciudad de Resistencia, Chaco, correspondientes a la pareja de Molina (C.C.) y a un hombre (N.S.) que había sido su novio de la adolescencia, según trascendió de la investigación.
Por lo tanto, el propio Molina era escuchado cuando se comunicaba en forma telefónica con su pareja y del análisis de esas conversaciones, en su fallo, los jueces de Casación indicaron: "el Ministerio Público Fiscal evidenció que de las comunicaciones interceptadas no se podría advertir indicios que permitan vincularlas con actividades de infracción a la ley 23.737 (de narcotráfico). Por el contrario, advirtieron que de la mayoría de los diálogos, donde el funcionario judicial Dr. Molina, se dirigía hacia su pareja lo hacía con violencia, mediante constantes insultos, amenazas y agresiones".
"Molina abusando de las competencias que le asistían en el ejercicio de su cargo como Secretario del Juzgado Federal N°1 de Corrientes, y considerando que aquel funcionaría como escudo de impunidad, dispuso las medidas necesarias para lograr intervenir los abonados telefónicos a nombre de la Sra. C.C. y el Sr. N. S., esposa del imputado y quien fuera su novio durante la adolescencia", añadieron los magistrados.
La defensa de Molina introdujo su estrategia señalando que se trata de un supuesto delito de acción privada por lo tanto no debía ser válida una investigación iniciada de oficio.
Asimismo, expresaron, entre otros argumentos defensivos, que las víctimas no se presentaron como querellantes y discutieron la carga de la prueba en el caso de la firma que se juzgó como falsificada en el oficio que ordenó las escuchas clandestinas.
No obstante, los magistrados de Casación rechazaron el recurso y avanzaron con la ratificación de la condena, con lo cual solo resta una instancia recursiva con la Corte Suprema de Justicia.