El Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia N.º 5 de Corrientes restableció la asistencia de una niña internada en un hospital a la mamá y su red de apoyo, y excluyó a su ex pareja, con denuncias por violencia de género.
La causa se inició cuando V., una madre, se presentó en la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales (UCIN) del hospital Pediátrico para asistir a su beba, internada desde el 15 de agosto.
Sin mediar orden judicial, personal de enfermería y de la Dirección de Protección de la Niñez y Adolescencia (DIPNA) le informaron que no podía tener contacto con su hija, e incluso le comunicaron la intención de "sacarle" a la recién nacida. La beba quedó, insólitamente, a cargo de la ex pareja de la madre, un hombre sobre quien pesaban denuncias por violencia de género y una prohibición de acercamiento.
El doctor Edgardo Frutos, titular del Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia N° 5, comprobó que no existía ninguna orden judicial que justificara el apartamiento de la madre. El magistrado observó que las instituciones no indagaron si la mujer padecía consumo problemático o si contaba con un sistema de apoyo, y se arrogaron "en forma arbitraria la privación del cuidado de la nena".
El cuidado como un derecho humano autónomo
Para fundamentar la medida cautelar dispuesta, el doctor Frutos invocó la Opinión Consultiva 31/2025 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que reconoce al cuidado como un derecho humano autónomo. Esto incluye el derecho de la madre a cuidar y el derecho de la niña a ser cuidada en condiciones dignas, priorizando el desarrollo normal del recién nacido en el seno familiar.
El juez Frutos afirmó que las medidas adoptadas por el hospital y DIPNA pudieron haber vulnerado los derechos de la niña y su madre, en un contexto de especial vulnerabilidad psicosocial. Por ello, dispuso la intervención de los Ministerios de Justicia, Salud Pública y Coordinación para que supervisen el abordaje realizado en el caso.
La resolución fue categórica: se excluyó al hombre del cuidado y se ordenó que la beba permaneciera bajo la asistencia de su madre y su entorno de apoyo (constituido por una referente afectiva y el hijo de la mujer). El magistrado además solicitó una investigación social domiciliaria urgente para evaluar las condiciones del entorno propuesto para el cuidado alternativo.