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Expensas y depósitos: una guía para sobrevivir a los alquileres

Por El Litoral

Jueves, 18 de agosto de 2016 a las 11:10

La reforma de la normativa intenta proteger al locatario a través de la incorporación de la Ley de Locaciones Urbanas  23.091, que ha estipulado ciertas regulaciones para el sector inmobiliario incorporando cambios en las condiciones de la relación contractual. Las áreas que más aquejan a los inquilinos tienen que ver con las expensas, garantías y los depósitos.

Las llamadas “expensas extraordinarias” no deben correr por el inquilino sino que son fondos exclusivamente a cargo de los propietarios o inmobiliarias. Tienen que ver con gastos extras ya sea para cubrir algún imprevisto del lugar (matafuegos, pintar el edificio, renovar algunas áreas como ascensores).

La normativa nacional explica en su artículo 2048 que “cada propietario debe atender los gastos de conservación y reparación de su propia unidad funcional. Asimismo debe pagar las expensas comunes ordinarias de administración  y reparación o sustitución de las cosas y partes comunes o bienes del consorcio, necesarias para mantener en buen estado las condiciones de seguridad, comodidad y decoro del inmueble y las resultantes de las obligaciones impuestas al administrador por la ley, por el reglamento o por la asamblea."

Modelo para presentar una nota con este reclamo:

Otra cuestión importante que es tratada por el Código tiene que ver con los depósitos, tema que según afirman desde la Asociación Civil de Inquilinos de Corrientes “ pocas veces es devuelto al inquilino una vez terminado el contrato”. El artículo 1196 explica que “si el destino es habitacional, no puede requerirse del locatario: a) el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes; b) depósitos de garantía o exigencias asimilables, por cantidad mayor del importe equivalente a un mes de alquiler por cada año de locación contratado; c) el pago de valor llave o equivalentes.

También el punto 1210 de "restituir la cosa" donde detalla que “el inquilino debe entregar el lugar tal como lo recibió, excepto los deterioros del mero transcurso del tiempo”. Esto último tiene que ver con los problemas que pueden surgir del uso del inmueble que exceden al locatario y muchas veces son tenidos en cuenta y descontados del depósito.

Cabe tener en cuenta que para solicitar la devolución del depósito, el inquilino debe haber cumplimentado las obligaciones a su cargo en el contrato, pago de alquileres, servicios y tasas a su cargo, expensas, reparaciones que hayan surgido por daños causados por su culpa y no por el deterioro natural de la vivienda, además de cualquier otro cargo que figure en el contrato.

Modelo para presentar una nota con este reclamo:

Con información de: Protectora.org

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