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/Ellitoral.com.ar/ Sociedad

Divorcio express: impulsan proyecto para agilizar y unificar procedimientos

Abogadas que participaron en la redacción de la iniciativa local, explicaron a El Litoral la importancia de aprobar el nuevo Código Procesal Civil de Corrientes. Reciben muchas consultas sobre divorcio, y si bien hay una normativa nacional que agiliza la separación, necesitan una normativa local para mejorar su aplicación.

En agosto del año 2015, el proceso de divorcio se simplificó al implementarse el llamado “divorcio express”, pero en Corrientes no se cuenta con una regulación específica para este proceso y los jueces de familia deben conjugar normas generales  del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia con las de los artículos 436 a 440 del Código Civil y Comercial de la Nación.  En este contexto se presentó el proyecto de Código Procesal de Familia, Niñez y Adolescencia de la Provincia de Corrientes que tiene media sanción de la Cámara de Senadores, con el objetivo de regularizar esta situación y dar mayor agilidad y dinamismo a los procesos.  

La iniciativa que está en Diputados busca regular cuestiones de familia, niñez y adolescencia, y el divorcio es uno de los temas más consultados junto con los que se refieren a la cuota alimentaria y adopción. En este marco, Manuela Schulz y Graciela Gómez Vara, profesionales del derecho que se desempeñan en la Facultad de Derecho de la Unne y quienes participaron y aportaron en la redacción del proyecto, se refirieron a cuestiones relacionadas a la normativa. 

“El año pasado se armó una comisión para la elaboración del Código Procesal de Familia, Niñez y Adolescencia. El proyecto se armó con la participación de la Facultad de Derecho, jueces y camaristas de familia, se presentó al Senado y tiene media sanción, está en tratamiento en Diputados. Queremos que la sociedad conozca sobre los beneficios de este código y que sepa que tendrá una nueva herramienta que hará que la Justicia sea más ágil”, comentó Schulz a El Litoral.

Entre los temas más consultados a los abogados en Defensorías y demás ámbitos, se encuentra en primer lugar el divorcio, pero en la provincia, donde no hay una normativa local sobre la aplicación de este derecho, cada juez tiene su propio “manual” para resolver los casos. El proyecto también pretende que haya uniformidad en la provincia, ya que si bien existe el “divorcio express”, los abogados deben tener una normativa común que establezca cómo debe implementarse, cómo se presenta la petición y qué pasa con los efectos de dicho divorcio, es decir, la separación de bienes, la custodia en caso de tener niños, y sobre los alimentos.

“Nos regimos hoy por el Código Civil y Comercial que establece la cuestión de fondo, pero nuestro Código Procesal es anterior y no coincide con la norma nueva. Al no haber norma provincial que regule el tema procesal, las tres juezas de familia de Capital se han puesto de acuerdo para seguir el mismo procedimiento, pero en el interior no. La idea es que haya uniformidad en la provincia y que se adapte a las necesidades de Corrientes. Además, si se llegara a aprobar, ponemos a la vanguardia a la provincia con este tema”, explicó Schulz. 

Divorcio express

De acuerdo a lo que hoy está establecido, la demanda de divorcio se presenta, se dicta por medio de una sentencia y sale en el Registro, no tendría que tardar más de un mes, y otra diferencia del procedimiento antes del año 2015, es que no se deben presentar causales. “La demanda de divorcio sale sí o sí, uno presenta la demanda ante el juez y dicta sentencia como máximo en un mes, antes podía tardar hasta diez años y debían probar la culpabilidad. Lo que no es tan express son las cuestiones relativas como los bienes, hijos y vivienda”, indicó la abogada. 

“La idea es que con el nuevo Código el juez sea más cercano con el justiciable y junte a las partes para ver cómo solucionar el problema, acortar plazos. Puede o no estar de acuerdo la otra parte. Antes, en la demanda de divorcio se contaba todo lo malo de la otra persona, pero ahora se quiere bajar el nivel de conflicto, para el divorcio sólo deben decir cuándo se casaron y los nombres de los hijos si los tuvieran; además, se debe presentar una propuesta que se puede o no dar lugar”, explicó. 

En cuanto a las personas que no están casadas, el Código Civil y Comercial se refiere a la institución de la unión convivencial. Se habla también de la compensación económica que puede pedir cualquier miembro de la pareja. 

Aspectos relevantes

Las abogadas detallaron los aspectos más relevantes del proyecto provincial mencionado en lo que respecta al divorcio, entre ellos mencionan la legitimación que refiere a que la “petición de divorcio puede ser presentada por uno de los cónyuges de manera unilateral o por ambos”. La petición “es incausada, por lo que el cónyuge que la interpone no debe justificar su decisión como sucedía en el régimen anterior, puesto que su voluntad unilateral es suficiente para que el juez haga lugar al pedido y dicte sentencia de divorcio”. 

“El convenio regulador de los efectos del divorcio debe contener las cuestiones relativas a la atribución de la vivienda, la distribución de los bienes, las eventuales compensaciones económicas entre los cónyuges, al ejercicio de la responsabilidad parental, la prestación alimentaria, régimen de comunicación de los hijos, entre otros efectos. Empero, nada obsta que se propongan demás cuestiones de interés de los cónyuges si así lo consideran necesario”, describieron y agregaron que “aun si la petición de divorcio es conjunta, cada uno de los cónyuges puede presentar una propuesta distinta”.

Además, dan detalles sobre el trámite que deben realizar: “Si la solicitud de divorcio es unilateral, presentada la misma junto con la propuesta de convenio regulador, el juez dispone la notificación de la petición al otro cónyuge y da traslado de la propuesta por el plazo de cinco días”. “La notificación debe realizarse en el último domicilio conocido del cónyuge y si éste es desconocido, procede la publicación de edictos por el término de dos días, bajo apercibimiento de dictar sentencia”, expusieron.

“Todas las materias derivadas del divorcio respecto de las cuales no se arribó a acuerdo, sean personales o patrimoniales, deben ser tramitadas por procesos autónomos conforme las reglas establecidas para cada uno en el proyecto de Código Procesal de Familia, Niñez y Adolescencia”, precisaron en cuanto al divorcio no acordado.

Así mismo, remarcaron la necesidad de aprobar este Código provincial para mejorar el desempeño de los procedimientos pero también para colocar a la provincia a la vanguardia, ya que no todas en el país tienen una normativa local. 

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