Jueves 25de Abril de 2024CORRIENTES23°Pronóstico Extendido

Dolar Compra:$853,0

Dolar Venta:$893,0

Jueves 25de Abril de 2024CORRIENTES23°Pronóstico Extendido

Dolar Compra:$853,0

Dolar Venta:$893,0

/Ellitoral.com.ar/ Policiales

Caso Tamara Salazar: comenzó el nuevo juicio y el acusado seguirá en libertad

La fiscalía y la querella solicitaron la detención de Raúl Escalante. El tribunal rechazó el planteo dado que no ha demostrado riesgo procesal de elusión judicial, por haber estado siempre a derecho. El debate seguirá el 13 de mayo. 
Manifestación. Familiares de la víctima se concentraron frente al tribunal.

Con una integración diferente, comenzó ayer en el Tribunal Oral Penal Nº 1 un nuevo juicio oral y público por el femicidio de Tamara Salazar (19), en el que está imputado el profesor y albañil Raúl Alberto Escalante de 42 años.

Se lo acusa del supuesto homicidio agravado mediando violencia de género. Para este caso, el cuerpo tribunalicio se conforma con la presidencia del doctor Juan José Cochia, y los vocales doctores Ariel Azcona y Román Facundo Esquivel.

El imputado Raúl Alberto Escalante, que se presentó a la audiencia, cuenta con la defensa oficial del tribunal, doctor Nicolás Báez; la fiscal es la doctora Sonia Meza y el querellante es el doctor Hermindo González.

El abogado querellante dedujo planteo de nulidad y pedido de detención del procesado, reiterando los  argumentos oportunamente expuestos en una presentación que ya fuera  resuelta por Auto Nº 277 el 18 de diciembre pasado, sin que su parte ni la fiscalía hayan deducido recurso o planteo alguno. La nulidad deducida por el doctor González contó con la adhesión de la fiscalía. Frente a ello, mediante la resolución Nº 123 del día de la fecha, el Tribunal rechazó la nulidad y pedido de detención de Escalante.

En sus argumentos, los integrantes del tribunal consideraron que la nulidad planteada respecto de la resolución Nº 277, no encuadraba en ninguno de los supuestos del Art. 170 del C.P.P., sin que el doctor González hubiera demostrado el agravio o interés que se encuentra comprometido con la resolución cuya nulidad pretende.

A juicio del tribunal la querella realiza una errónea interpretación, respecto de la Sentencia del S.T.J., toda vez que el Máximo Tribunal Provincial por resolución Nº 45 de fecha 10 de junio del 2019 declaró la nulidad de la sentencia recaída en el juicio anterior y por la cual se absolvió al imputado, y en ningún momento se expidió respecto de la libertad del mismo, pues ello constituye una medida cautelar incidental de la causa principal.

El TOP entendió que otorgarle un alcance diferente constituiría una interpretación perjudicial para la parte (in malam partem) contraria al principio de legalidad en cuanto al mandato de ley estricta y el principio pro-persona (pro homine) (art. 5 P.I.D.C.yP. y Arts. 5 y 29 de la C.A.D.H.)

En consecuencia, el tribunal mantuvo la validez de la resolución Nº 277 de fecha 18 de diciembre del 2020, en la cual se dispuso que el acusado permanezca en libertad, dado que no ha demostrado riesgo procesal de elusión judicial, por haber estado siempre a derecho.

El debate continuó con la lectura íntegra del requerimiento de elevación a juicio y se fijó fecha para la continuación el jueves 13 de mayo del corriente año, a las 8 de la mañana

Tamara tenía 19 años, y salió de su casa en horas del mediodía el 12 de enero del 2016 para encontrarse con un hombre, Escalante, a quien había conocido unos días antes a través de la red social Facebook. Su cuerpo fue hallado en un zanjón al día siguiente, por un transeúnte que circulaba por la Ruta 5 a la altura del Km 42.

(NG)

 

¿Te gustó la nota?

Ocurrió un error