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/Ellitoral.com.ar/ Ciudad

Está detenida pero le permitieron usar su celular para continuar sus estudios

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes hizo lugar, por voto de la mayoría, a un recurso de apelación interpuesto por una mujer detenida en la Unidad Penal N° 3 de esta ciudad, a quien se le negaba el uso de un teléfono móvil personal. La interna contó con la representación del Comité Provincial de Prevención de la Tortura.

A la detenida no se le autorizaba el uso de teléfono celular para videollamadas, lo que violaba el derecho al acceso a la educación, sobre todo en tiempos en que la presencialidad ha sido suspendida. Para el Comité, se tornaba indispensable el teléfono celular para que la interna pudiera acceder a las clases y gozar así de los beneficios de la ley de ejecución penal. 

Pero además, el Poder Judicial correntino entendió que en el marco del aislamiento por la situación epidemiológica, se afectaba su derecho a las visitas, compensado con el uso del celular personal.

“Lo que se desprende de este razonamiento es que la comunicación que debe ser garantizada no es simplemente la posibilidad de realizar llamados de voz, ni aun videollamadas en un solo equipo predispuesto para tal cuestión (como se había dispuesto en las unidades de Provincia de Buenos Aires), sino la posibilidad de que esta última modalidad (videollamada) pueda ser realizada por todas y cada una de las personas privadas de la libertad mediante un equipo de telefonía personal. Ello es así ya que es esta la única forma de compensar la restricción del derecho a la comunicación con sus familiares ante la suspensión de las visitas”, subrayó el doctor Alejandro Alberto Chain, autor del primer voto positivo. Estuvo acompañado por los votos de Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz.

Sin embargo, en su voto minoritario, el doctor Eduardo Panseri consideró que en el caso quedaba demostrado que los planteos del accionante eran ajenos a la Acción de Habeas Corpus y no se incurría en arbitrariedad, ni ilegalidad, para disponer la privación de libertad del justiciable. 

Advirtió también que en los informes la mujer detenida, condenada y a disposición del Juzgado de Ejecución de Condena, registraba una sanción por haber ingresado a las páginas de redes sociales con el teléfono celular el 26 de marzo del 2019. Su voto fue acompañado por el del doctor Guillermo Horacio Semhan.

 

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