Por Eduardo Ledesma
Versión gráfica: Belén Da Costa
Hermindo González es abogado, especialista en Derecho Penal del Menor y la Familia, pero además, es especialista en trata de personas, creador de la Red Infancia Robada y de la Marcha Provincial por Justicia. Con él dialogamos sobre el caso Loan. ¿Lo encontraremos, después de todo el tiempo transcurrido, de lo que se dijo y de lo que se hizo? ¿Actuó bien la Justicia? ¿Cuáles son los principales retos en la lucha contra la trata de personas? De eso y más hablamos en esta entrevista realizada en los estudios de El Litoral Radio.
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El tema saliente de hoy es el caso Loan. ¿Qué estás viendo en eso?
Yo tuve una entrevista cuando el caso tenía pocas horas y advertía en ese momento que había defectos en la tarea investigativa por los protocolos que se estaban llevando adelante. Puntualmente en lo que tenía que ver con la recolección de lo que por ese entonces eran los rastros de una persona que estaba denunciada como que había desaparecido.
Yo le ponía un título y decía que era como que habían puesto un elefante en un bazar porque en primer lugar los protocolos indican que la búsqueda con ese batallón de personas, vehículos, caballos y demás que invadieron prácticamente el lugar, era proporcionalmente inverso a la posibilidad de la obtención de alguna herramienta de evidencia.
¿Por qué? ¿Se rompe todo cuando hay mucha gente?
Si estamos hablando de la pérdida de un chico, tenemos que sentarnos en un comité de crisis. Lo hemos hecho en algunas oportunidades en la ciudad de Corrientes ante búsqueda de algunos niños o niñas desaparecidas; fijábamos en un lugar donde primero nosotros nos sentábamos a analizar qué elementos teníamos de los hechos, a partir de ahí qué debíamos buscar y cuál era la mejor herramienta para hacerlo. En este caso me parece que lo que se obvió fue eso.
Un comité de crisis nos permite determinar cuáles son los elementos que tenemos, qué necesitamos encontrar, si era el niño, cuál es la mejor metodología de búsqueda o si son huellas o rastros de la posibilidad de que el niño pudo haber sido raptado, captado, secuestrado, etcétera.
También cuál es el mejor mecanismo de búsqueda de huellas de la intervención de terceras personas. Y en esto hay mucho material científico que nos da la pauta de la poca necesidad de la existencia de tantas personas en la búsqueda. A veces con muy poca cantidad de personas, con los mecanismos periciales y científicos correspondientes y con la metodología de trabajo marcada científicamente, iba a ser de mayor utilidad para obtener datos. Quizás no al niño si el niño fue captado, pero sí elementos de evidencia que hubieran sido de mucha utilidad.
Vos me estás diciendo que a priori se hizo mal, de entrada eso.
Sí, a mí me parece que se dejaron guiar o convencer por una sola hipótesis de trabajo. Lo cual es un error. Y es un error no solamente porque quedó demostrado en este caso, sino porque cuando uno lee ese estudio y se preparan hipótesis de trabajo de similares características, lo que los manuales marcan es la multiplicidad de hipótesis de investigación como herramienta de obtención de evidencia que pueden acercarnos a resolver el caso.
¿Por qué crees que no se hizo esto? ¿Nos ganó a todos el voluntarismo de encontrar a un chico perdido?
Esa es una cuestión que lamentablemente hasta la fecha no podemos resolver y la tenemos que trabajar. Esto tiene que ver con el abordaje. Lo que ocurre es que no se pone en práctica o en funcionamiento ante estos hechos porque lamentablemente se actúa de manera inversa a la que debería actuarse. Ante la toma de conocimiento de la desaparición de un niño, debe estar la posibilidad de la tesis más gravosa y luego ir descartando hacia la de menor interés. Pero ocurre no solamente en este caso, sino que ocurre en otros casos de similares características y quizás que no tienen este resultado. No es un problema solamente de la provincia de Corrientes, ocurre en todo el país. Cuando ponemos en conocimiento algún hecho de desaparición o fuga, sobre todo de algún niño, lo primero que sigue funcionando es esta idea de que hay que esperar cierta cantidad de horas para profundizar en la búsqueda para obtener al chico.
¿Sigue funcionando eso?
Eso sigue funcionando plenamente y es una cuestión que hay que descartar, pero sigue ocurriendo. Cuando alguna madre, tía o vecina toma conocimiento de que un chico se perdió y ponen en conocimiento la autoridad pública, siempre dicen que debe continuar con la búsqueda familiar, intrafamiliar o de los amigos y después recién, cuando transcurren X cantidad de horas, pueden avanzar. Ese es un grave error porque en ciertas ocasiones, como en el caso Loan, donde las horas fueron determinantes a los fines de perder las huellas de lo que realmente ocurrió, nos encontramos con una situación que no está resuelta y donde, si a eso sumamos la forma de investigación que se llevó adelante no nos condujo a la obtención de evidencia de interés, está muy cerca a que comencemos a hablar de impunidad.
La causa fue caratulada en principio como trata de personas, imputación que después fue corregida como sustracción de un menor. ¿Cuál es la diferencia y por qué estamos en este caso?
Nunca fue caratulada la causa como trata de personas. En primera instancia, las primeras detenciones que llevó adelante la Justicia Provincial fueron bajo el carácter de abandono de personas. Era un defecto inclusive esa calificación porque el abandono de personas es un delito de carácter doloso que implica que alguien coloca voluntariamente en riesgo la vida de una tercera persona. Ahora bien, si se estaba hablando de que el chico se les había perdido, es una situación que no conlleva una figura dolosa de haberlo colocado en esa situación.
Luego han analizado los fiscales provinciales y según ellos tenían elementos para entender que podríamos estar frente al delito de trata de personas. Fue ahí cuando se declaran incompetentes y derivan a la Justicia Federal. Ocurre que la Justicia Federal entiende, en principio, que no estaban dados esos elementos que habían mencionado los fiscales de la Justicia Provincial y comienza a averiguar con una carátula de NN sobre averiguación de delito. Con el transcurrir, la reproducción y la colección de pruebas, la Justicia Federal recaratula y hoy está imputando y llevando adelante la indagatoria, haciéndole saber a cada uno de los imputados que el delito que se le imputa es la sustracción del menor.
¿Es un delito federal?
Es un delito de carácter federal en tanto y en cuanto se acredita en determinadas circunstancias que habrá que ver si con el devenir de la causa se acreditan o no. Con el devenir de la investigación puede pasar este hecho a una figura, por ejemplo de un homicidio criminis causa porque también se habla de que pudo haber sido víctima de un hecho de determinadas características y para esconder le provocaron la muerte, etc. Ahí volvería a la competencia provincial.
Pero hay una cosa que se dice mucho, que es esto de la trata de personas. Lo vienen repitiendo hace muchísimo tiempo y por todos los medios. La ley trata de personas es específica, cuando habla de que tiene que darse la captación, el traslado, la recepción o acogida y la explotación, que puede ser de índole sexual o de índole laboral. Y la otra conducta o tipicidad de la figura de trata es la extracción de órganos o tejidos anatómicos. Entonces, si es con fines de venta de órganos, es trata de personas también. Pero hasta ahora, y en esto me da la razón la propia carátula del delito, no se puede acreditar la intencionalidad de ninguna de las explotaciones ni la extracción de órganos anatómicos.
Quiero dejar en claro esta situación porque se genera, inclusive y especialmente de parte de muchos medios nacionales que llevan adelante el tratamiento de esta cuestión, que permanentemente están hablando de la trata de personas. Inclusive abogados prestigiosos, que forman parte de la causa, hablan de esta figura penal cuando no solamente que a partir del conocimiento que tenemos no surge que estemos dentro de esa figura, sino que la carátula no habla de esta figura penal que es la trata de personas.
¿Qué me estás queriendo decir ahí? ¿Que a propósito están manteniendo ese tema?
Acá evidentemente y lamentablemente hay diversos tipos de intencionalidad y la transmisión de la noticia en ocasiones tiene que ver con esa direccionalidad de instalar este tipo de figura. La trata de personas es una figura muy fuerte que produce mucho impacto en la ciudadanía y de hecho está bien que así sea porque es un delito execrable. Lo que ocurre es que en esta situación los elementos de prueba que conocemos y que se ve que también conoce su señoría, no están dados para trata de personas.
¿Y la sustracción de personas para qué sería?
La sustracción de personas es un delito que se agota en esa situación. Sustraer un menor de la custodia de sus tutores, padres o guardadores es un delito de por sí. Después, si se acredita que ha existido otra circunstancia podrá agravarse, concursarse realmente esa figura o incluso suprimirse por otra figura en la cual podría quedar encuadrado el delito. Pero para esta figura, inclusive si se profundizan las pruebas que acreditan lo que hasta hoy se acreditó y no se encuentra al niño, inclusive estamos ante la posibilidad de que esta persona pueda ser procesada, juzgada y condenada por el delito de sustracción.
Con toda tu experiencia Hermindo, ¿qué pasa si esto sigue ahí, va a quedar en el fuero federal?
Si se tiene que, por alguna razón, recaratular y pasa a un delito ordinario, tendría que volver a la provincia de Corrientes.
¿Eso puede pasar, según vos, o no?
Estamos en una plena etapa investigativa, donde si bien la justicia federal aceptó la competencia, también se tomó su tiempo para aceptar la competencia. La aceptó y comenzó a producir elementos de prueba, pero hasta tanto no haya dictado una resolución en carácter definitivo, puede entender que la colección del material probatorio le da elementos para entender que estamos ante un delito ordinario y que debe investigar la justicia provincial. Y eso puede ocurrir en cualquier momento. Cuando se habló de la tesis del accidente seguido de muerte por ejemplo es uno. Si se comprueban esos extremos que aún están siendo investigados, esa figura hace que la jueza federal debe declinar su competencia a la justicia ordinaria para que investigue.
¿La jueza federal puede por alguna razón declinar su competencia pero para que vaya a otro juzgado federal?
No, de ninguna manera. Ella es la que tiene competencia.
Porque entre las cosas que se dicen es que se harían presentaciones para que esto pase a Comodoro Py.
No, a Comodoro Py iría en alguna instancia de apelación o de casación. No puede entregarla en este momento porque hay cuestiones de competencia. La competencia tiene tres características que deben cumplirse: por turno, por materia y por territorio. Entonces, esta es la competencia territorial que se le asigna, porque el hecho ocurrió dentro de lo que es la jurisdicción de la jueza federal de Goya y debe investigar la jueza federal de Goya. Ella personalmente puede inhibirse, si entiende que existe alguna cuestión. Pero no va a salir de ahí. La justicia le asignará en carácter de subrogante a otra jueza que entienda desde ese punto de vista.
En tu carácter profesional y porque porque sos investigador en estos casos, ¿qué hubieras hecho distinto si te tocaba esto desde el minuto cero?
Desde el minuto cero lo que debía hacerse y no se hizo fue una sistematización del trabajo de investigación y de colección de pruebas. En segundo lugar, la inmediata investigación en carácter directo de todos lo que formaron parte de la comitiva que estuvo el día 13 de junio en ese almuerzo en la casa de la abuela. Y sobre todo desde un primer momento la veta económica, que tiene que ver con una averiguación clara, concreta y precisa sobre los movimientos económicos que pudieron tener todos los miembros de la familia. Inclusive quienes no formaron parte de la familia pero había sospecha de que pudieron haber participado. Cosa que se informó recién el 19 de julio que estaba pasando, digamos. Tuvo que haber ocurrido antes. Eso tuvo que haberse hecho de manera inmediata porque hay ciertos mecanismos que pueden generar algún tipo de ocultamiento.
A mí me llaman poderosamente la atención muchas circunstancias. Por ejemplo, el hecho de que Laudelina Peña (tía de Loan), al momento de ser detenida y cuando prestaba declaración de imputada, se le encontró en su bolsillo 50 mil pesos en efectivo. Eso hay que investigar. Si bien ella da una versión de estos hechos tenemos que investigar porque no es normal que una persona con esas características, con esos ingresos económicos, pueda contar con ese monto de dinero al momento del hecho. Y así habría que investigar los movimientos desde las cuentas. Ahora hay una diversidad de cuentas desde la tecnología o billeteras virtuales, bancarias o adquisición de algún tipo de bien. Eso hay que investigar porque si uno da con un hecho de esta características, y tienen un movimiento contable que no es el habitual al que tenía normalmente o que no se condice con su ingreso, hay un elemento más, sobre todo en delito de esta naturaleza, que nos pueden hacer presumir que el dinero no fue habido de una fuente legal.
A favor, podríamos decir que todos esos movimientos quedan registrados y ahora el tema es el tiempo que se pierde.
Sí, pero la tecnología del mundo del hampa siempre viene un paso adelante de la tecnología de la justicia. Y más allá de que tanto en la justicia provincial, pero más en los ámbitos de investigación federal, cuentan con elementos y herramientas muy avanzadas, no es menos cierto que las bandas transnacionales cuentan con herramientas de tecnología que pueden superar esos obstáculos. Y por lo tanto hoy podríamos encontrarnos con que ese movimiento ha desaparecido, o los propios teléfonos, hay que ver si los que están secuestrados son todos los que realmente existieron o no.
Esas situaciones si se hacen desde un primer momento, cuando todavía uno goza de esa sorpresa de estas personas sin que tengan posibilidades de recurrir a un mecanismo de defensa, capaz nos encontrábamos con más teléfonos, con más movimientos contables o portando más dinero en efectivo.
Hay una matriz que se configura con nuestra situación socioeconómica, que es la de la circulación de niños, que se estudia incluso como criadazgo. Son figuras que fue encontrando la ciencia para estudiar una conducta producto de muchas cosas. ¿La provincia de Corrientes, en el año 2024, según tu óptica, tiene mecanismos para morigerar esto? ¿Presencia estatal para que familias que se vean por ahí obligadas puedan ser asistidas y que no lleguen a esas instancias?
Acá el problema de base radica en la situación de vulnerabilidad con la que atraviesan ese tipo de sectores. Algunos son vulnerabilidades desde lo económico, de lo social y así hay distintas situaciones de vulnerabilidad. Lo que no ocurre es la existencia de políticas públicas que salgan a verificar las vulnerabilidades y que a partir de allí pongan en conocimiento de la existencia de una respuesta a esa vulnerabilidad. Entonces se dan las mismas y estos sectores salen a tratar de resolver lo que para ellos es un problema de esa naturaleza con los conocimientos o los medios con los que cuentan.
La familia humilde quizás entiende que la venta de uno de sus hijos le puede traer aparejado una situación de mejor pasar a ese chico y una mejor situación económica de ellos. Lo que ocurre es que no comprenden que eso no está dado dentro de un marco ni moral ni ético, pero aparte tampoco más allá de que desconocen esa situación, tampoco conocen la existencia de una política pública que pueda contener esa vulnerabilidad. Entonces a nosotros no nos sirve ni siquiera que el derecho penal reconozca esas conductas y las ponga típicas. No es suficiente porque el derecho penal no nos da una herramienta de respuesta a políticas públicas o políticas sociales. El derecho penal es la última instancia cuando fracasaron todas las otras herramientas previas. Entonces acá lo que nosotros tenemos que exigir es la puesta en marcha de políticas públicas de atención, conocimiento de las distintas vulnerabilidades, pero no solamente para establecer, porque yo veo mucho que por ahí la política, y no me quiero pelear con los políticos, pero la política siempre es un manual de hacernos saber la problemática de la comunidad, pero nunca nos venden el volumen dos donde nos dicen cómo resolver ese problema. El diagnóstico está perfecto, pero no nos dicen cuál es la medicina, entonces acá pasa exactamente lo mismo. Yo creo que todos sabemos que existen un montón de situaciones que afectan a distintos grupos sociales, en distintas etapas. Pero nadie conoce la puesta en práctica de políticas públicas tendientes a dar el antídoto, la respuesta desde los sectores de gobierno hacia esos sectores vulnerables.
Me resisto profundamente a creer que nadie pueda pensar una política pública colectivamente, sin mezquindades.
Yo creo que hace muchísimo tiempo, además de la clase social baja, la clase media y la clase alta, hay una clase nueva que es la clase política. Una clase que funciona pura y exclusivamente para resolver las problemáticas de su espacio, de su sector y sin mirar al resto de las clases sociales. Esto es muy grave, porque cuando ocurre un hecho de esta naturaleza, uno ve grandes manifestaciones pero sin contenido desde un arco político que dé una respuesta a esa problemática. Y cuando el arco o la clase política entiende esto las respuestas siempre son de índole político, no de índole social. Y eso nos demuestra una vez más que es una clase que cada vez se aleja más de las otras clases que forman parte de la sociedad y que en algún momento ese divorcio tiene que empezar a reducirse.
Tenemos que entender que todos somos parte del Estado y que cada sector tiene su problemática social. Tiene que ser oída y tiene que acompañar a que se resuelvan. Pero eso se va a dar en el marco de que estos sectores puedan acceder a espacios de poder o a espacios de gobierno y que no sea solamente la clase política la que se renueva entre sí en los cargos. Porque así nunca van a poder conocer, comprender la extensión de la problemática de los demás sectores y menos darle una respuesta.