La Justicia Federal busca conocer más detalles sobre la siesta en que desapareció Loan Peña 5 en paraje Algarrobal de la localidad de 9 de Julio el 13 de junio último. Se hallaba en compañía de tres adultos mayores, su tío Antonio Benítez, Mónica Millapi y su esposo, Daniel “Fierrito” Ramírez, quienes se conviertieron en los primeros detenidos acusados de “abandono de persona”.
También estuvieron 5 niños. Los menores ya declararon en cámara Gesell cuando la causa estaba en el fuero provincial y sus dichos están en el expediente. Sin embargo la jueza federal de Goya, Cristina Pozzer Penzo, consideró prudente volver a escucharlos, según una información que publicó Infobae.
La nueva indagatoria se daría el lunes 5 de agosto. Según se informó ya tiene en sus manos el informe del Programa Nacional de Rescate y acompañamiento a las Personas Damnificadas por el delito de Trata de personas (PRN), donde le explicaron que los menores en condiciones de declarar en sala Gesell: son cuatro de los 5 los que fueron evaluados, ya que el quinto no estaría en la provincia de Corrientes.
“Las especialistas del PRN tomaron contacto con los menores y no se advierte, en base al dictamen de las personas idóneas en este proceso; riesgo para la salud psicofísica de practicarse la medida de comparecer”, reza la resolución.
Esos informes se han hecho bajo el artículo 250 del Código Procesal Penal, que indica en el caso de los menores que deban declarar: “El tribunal, previo a la recepción del testimonio, requerirá informe de especialista acerca de la existencia de riesgo para la salud psicofísica del menor en caso de comparecer ante los estrados. En caso afirmativo, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 250 bis”.
Esta última legislación mencionada establece para los testigos que no hayan cumplido los 16 años encausarse en el siguiente procedimiento:
* Los menores aludidos sólo serán entrevistados por un psicólogo especialista en niños y/o adolescentes designado por el tribunal que ordene la medida, no pudiendo en ningún caso ser interrogados en forma directa por dicho tribunal o las partes.
* El acto se llevará a cabo en un gabinete acondicionado con los implementos adecuados a la edad y etapa evolutiva del menor.
* En el plazo que el tribunal disponga, el profesional actuante elevará un informe detallado con las conclusiones a las que arriban.
* A pedido de parte o si el tribunal lo dispusiera de oficio, las alternativas del acto podrán ser seguidas desde el exterior del recinto a través de vidrio espejado, micrófono, equipo de video o cualquier otro medio técnico con que se cuente. En ese caso, previo a la iniciación del acto el tribunal hará saber al profesional a cargo de la entrevista las inquietudes propuestas por las partes, así como las que surgieren durante el transcurso del acto, las que serán canalizadas teniendo en cuenta las características del hecho y el estado emocional del menor.
Sobre el caso del quinto niño, se supo que la jueza libró un exhorto a la Justicia con competencia federal en la provincia donde estaría residiendo el menor para disponer que el PRN intervenga y determine si está en condiciones de declarar: la diligencia, eventualmente, será delegada a la jurisdicción correspondiente o se hará por videoconferencia, eso no fue aún determinado.
Por ello, desde el Juzgado Federal de Goya se notificó a las partes que podrán seguir las diligencias por videoconferencia y que deberán presentar los pliegos de preguntas antes del inicio de las audiencias.
También como no saben cuánto durará la Cámara Gesell a los chicos, se reprogramó las otras testimoniales para el 6 de agosto próxima.