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El trabajo carcelario, por primera vez bajo análisis de la Justicia de Corrientes

Un interno reclama el reconocimiento de más de nueve años en los que cocinó y distribuyó comida para la población carcelaria a cambio de $500.

Domingo, 08 de diciembre de 2024 a las 10:19

Por primera vez la Justicia de Corrientes tiene bajo análisis el cumplimiento de las garantías laborales de un hombre privado de su libertad, quien demandó al Estado luego de que a lo largo de varios años se desempeñara en tareas de la logística penitenciaria a cambio de $500 mensuales. El caso aguarda sentencia.

A.L.A. permanece privado de su libertad con una condena hace más de 10 años y buena parte de ellos los pasó, en principio, cocinando y, luego, distribuyendo comida a los demás internos. Todo esto, a razón de nueve horas diarias y sin jornadas de descanso durante los siete días de la semana.

Así lo planteó la querella en el juicio que orientó la jueza con Competencia Administrativa 2 de Corrientes, María Belén Güemes, mediante la demanda que el interno inició con la representación de la abogada Elién González Sassón.

En su alegato, la profesional detalló en forma circunstanciada cómo este hombre, estando en prisión, desde el 2012 hasta septiembre de 2017 debía cocinar para la población de la Unidad Penal 1 y a partir de ese año en adelante, a distribuir a los otros internos los alimentos que entregaba la empresa concesionaria del servicio de racionamiento. Todo, por un pago de $500 por mes.

En ese punto hay una clave a tener en cuenta. El peculio, que es el pago que reciben las personas privadas de su libertad por el desempeño de diversas tareas dentro de los establecimientos de detención, es equivalente a dos cuartas partes del Salario Mínimo Vital y Móvil y en septiembre de 2012 era de $2670.

Antes de tratarse en el fuero Contencioso Administrativo, la falta de reconocimiento del desempeño y de equiparación del pago habían llevado al protagonista de esta trama carcelaria y judicial, a iniciar en el año 2022 un reclamo a través de habeas corpus, pero el Superior Tribunal de Justicia no resolvió la cuestión de fondo, es decir, no determinó si existía o no relación laboral.

Según el Estado, no hay.

Así lo dejó marcado durante su alegato en el juicio la representante de la Provincia en este proceso, Cynthya Zdanovicz, quien consolidó su rechazo al reclamo de A.L.A al apoyarlo en tres bases: el interno estaba incluido dentro de un programa por el cual debía llevar a cabo esas tareas, no existió nunca una relación laboral y no trabajaba para el Estado.

En todo caso, dijo, el reparto de la comida lo hacía para la empresa Shonko.

Previamente, González Sassón, destacó la necesidad de reparar las situaciones que en el caso de A.L.A. eran violatorias del salario humano.

A.L.A. desde hace algunos años dejó de cumplir las tareas que desempeñaba en la cárcel tras ser pasado a un régimen diferente en la Granja Yatay, donde los internos se cocinan su propia comida.

La audiencia de alegatos se llevó a cabo el 19 de noviembre pasado, tras lo cual el Juzgado dispone de un periodo de 40 días hábiles para dictar sentencia, salvo que la magistrada a cargo del expediente requiera alguna medida de mejor proveer previo a la resolución.

La expectativa está depositada ahora en que la sentencia se dicte tras la feria, en 2025.

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