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/Ellitoral.com.ar/ Interior

Promulgaron la ordenanza que fija un nuevo casco histórico y requisitos para futuras obras

Tras la aprobación en el Concejo, ahora el Ejecutivo avaló una norma que establece otra zonificación y criterios específicos sobre qué debe ser protegido. También incluye un observatorio y las multas que recibirán los infractores. 

 La Municipalidad de Goya informó ayer que el Ejecutivo promulgó la ordenanza que había sido aprobada por el Concejo y que determina un nuevo centro histórico. Así, quedaría derogada la norma anterior, la Nº 1.965.

A partir de ahora, la citada área está “delimitada por las calles San Martín, 25 de Mayo, Bartolomé Mitre y Río, con el fin de preservar, localizar y poner en valor los bienes patrimoniales más importantes y generar un recorrido o corredor de carácter turístico”, manifestaron desde la Comuna. 

A su vez, agregaron que la misma normativa establece cuáles serán las áreas urbanas de protección patrimonial. Sobre esto, detallaron que: “El Paseo Camila O’Gorman  comprenderá la zona delimitada por la calle Mariano I. Loza, desde calle Bartolomé Mitre hasta calle 12 de Octubre, veredas Norte y Sur. Mientras que el Paseo de la Cultura comprenderá el área urbana delimitada por calle Juan E. Martínez desde calle Bartolomé Mitre hasta la calle 12 de Octubre, veredas Norte y Sur”. 

En tanto -añadieron-  que “el Paseo de la Costa estará delimitado por las siguientes calles: 25 de Mayo, desde 12 de Octubre hasta la avenida Caá Guazú, Wenceslao Fernández  hasta 12 de Octubre, continuando por esta, hasta la calle Doctor Juan E. Martínez, comprendiendo veredas Este y Oeste”.

Observatorio

La nueva norma también contempla un Observatorio de Patrimonio Cultural que estará integrado por dos miembros del Ejecutivo, uno del Concejo, uno de la Junta de Historia y uno del Consejo de Arquitectos de Goya.

El citado equipo podrá “solicitar la colaboración de personas y/o entidades públicas o privadas que sean especialistas en el tema a tratar, además, realizará un inventario enmarcado -en base a tres categorías- a aquellos bienes patrimoniales, arquitectónicos, culturales que requieran protección”, comentaron un un comunicado oficial.

Seguidamente, indicaron “las restricciones de construcción en el área patrimonial denominada centro histórico, estarán aplicadas a los lotes linderos de los bienes de la categoría uno”.

Con respecto a esto precisaron que “en el caso de solicitar permiso de construcción y ser colindante con un bien patrimonial, deberá respetar dos requisitos. El primero de ellos es que, el basamento de la nueva construcción tendrá como límite la altura del bien patrimonial, y para superar dicha altura, deberá retirarse tres metros de la línea medianera y de la línea municipal”, aseveraron. Y con respecto al segundo ítem subrayaron que “la altura máxima permitida para nueva construcción, no deberá superar el doble del bien patrimonial”.

Asimismo, la nueva ordenanza estipula las sanciones que serán aplicables ante las infracciones a la misma: una multa equivalente de 3.000 a 8.000 unidades de faltas al propietario y al profesional interviniente, más la clausura de la obra hasta su regularización.

Eximición

A su vez, hicieron hincapié en que la nueva ordenanza autoriza a “eximir del pago de impuesto inmobiliario y de la tasa municipal, a los propietarios de aquellos inmuebles patrimoniales que, por su importancia cultural, histórica o arquitectónica, sea necesario conservarla en su totalidad, manteniendo la mayor cantidad de elementos originales”.

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